Varios
(LEYES CON JERARQUÍA Y CALIDAD DE ORGÁNICAS)
EL CONGRESO NACIONAL
Considerando:
Que la Constitución Política de la República, en el artículo 142, señala los criterios, características y condiciones de las leyes que deben tener la jerarquía de orgánicas;
Que corresponde al H. Congreso Nacional, determinar las leyes que tendrán el carácter de orgánicas, deacuerdo con lo dispuesto en la disposición transitoria vigésima segunda Constitucional; y,
En ejercicio de sus atribuciones:
Resuelve:
1.- Determinar que las siguientes leyes tendrán la jerarquía y calidad de orgánicas:
Ley Orgánica de la Función Legislativa;
Código de Ética de la Legislatura;
Ley Orgánica de Aduanas;
Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas;
Ley Orgánica de laPolicía Nacional;
Ley Orgánica de la Función Judicial;
Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Judicatura;
Ley de Régimen Provincial;
Ley de Régimen Municipal;
Ley de Régimen para el Distrito Metropolitano de Quito;
Ley Orgánica de las Juntas Parroquiales Rurales;
Ley de Régimen Especial para la Conservación y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Galápagos;
Ley Orgánica deAdministración Financiera y Control - LOAFIC;
Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado;
Ley Orgánica del Ministerio Público;
Ley de la Comisión de Control Cívico de la Corrupción;
Ley de Régimen Monetario y Banco del Estado;
Ley de Partidos Políticos;
Ley de Elecciones;
Ley Orgánica de Control del Gasto Electoral;
Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo;
Ley deControl Constitucional;
Ley de Educación Superior;
Ley General de Educación;
Ley Orgánica de Defensa del Consumidor; y,
Las que la Constitución determine que se expidan con este carácter.
2.- Publíquese la presente resolución en el Registro Oficial.
Dada en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, en la sala de sesiones del Congreso Nacional del Ecuador, a lostrece días del mes de febrero del año dos mil uno.
FUENTES DE LA PRESENTE EDICIÓN DE LA RESOLUCIÓN QUE DETERMINA LAS LEYES CON JERARQUÍA Y CALIDAD DE ORGÁNICAS
1.- Resolución R-22-058 (Registro Oficial 280, 8-III-2001).
LEY DEL CONTROL CONSTITUCIONAL
Art. 46.- El recurso de amparo tiene por objeto la tutela judicial efectiva de los derechos consagrados en la Constitución y losconsignados en las declaraciones, pactos, convenios y demás instrumentos internacionales vigentes en el Ecuador, frente a cualquier atentado proveniente de acto ilegítimo de autoridad de la administración pública que haya causado, cause o pueda causar un daño inminente, a más de grave e irreparable y se interpondrá para requerir la adopción de medidas urgentes, destinadas a cesar la lesión oevitar el peligro de los bienes protegidos.
También podrá ser objeto de amparo la no expedición de un acto o la no ejecución de un hecho, si tales omisiones causaren o puedan causar los efectos señalados en el inciso anterior.
Art. 47.- Son competentes para conocer y resolver el recurso de amparo, cualquiera de los jueces de lo civil o los tribunales de instancia de la sección territorial en quese consume o pueda producir sus efectos el acto ilegítimo violatorio de los derechos constitucionales protegidos.
También podrá interponerse el recurso ante juez o tribunal de lo penal, en días feriados o fuera del horario de atención de juzgados y tribunales, o en circunstancias excepcionales, que deberán ser invocadas por el solicitante y calificadas por dicho juez o tribunal, en los cualesradicará entonces la competencia privativa de la causa.
En ningún caso habrá inhibición del juez o tribunal ante el cual se interponga el amparo, salvo cuando entre éstos y el peticionante existan incompatibilidades de parentesco u otras señaladas en la ley.
Art. 48.- Podrán interponer el recurso de amparo, tanto el ofendido como el perjudicado, por sí mismos, por intermedio de apoderado o...
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