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Páginas: 27 (6658 palabras) Publicado: 28 de febrero de 2016
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Superintendencia de Bancos
Entidades Financieras
Bolivia

CIRCULAR SB/

445

/2003

Señores
Presente

__________

REF: REGLAMENTO PARA LA CONSTITUCIÓN Y
FUNCIONAMIENTO DE BUROS DE INFORMACIÓN CREDlTlClA

_________________________________________________

Señores:
Para su aplicación y estricto cumplimiento, se adjunta a la presente copia fotostática
de la Resolución que aprueba y poneen vigencia las modificaciones al reglamento
para la Constitución y Funcionamiento de Burós de Información Crediticia (BIC's).
Dicho reglamento sustituye al contenido en el Titulo I, Capítulo VII de la
Recopilación de Normas para Bancos y Entidades Financieras.
Atentamente.

,

....

.

....

Adj. Lo indicado
YDR/SQB

N7507
N° 585, O[. 2 0 1

l a Paz :Plaza I s a b e l La C a t o l i t a
S a n t aCruz : A v . I r a l a

.

.

Telelono:
Telefono:

(591-2) 2431919
(591-3) 3336288

.

Fax:

Telefai

e-mail: sbef@sbef.gov.bo www.sbef.gov.bo

(591-2) 2430028
(591-3) 3336289

P O BOX N V 4 7
BOX N ' 1 3 5 9

. PO

,

..

Superintendencia de Bancos
y Entidades Financieras
Bolivia

RESOLUCION SB N"
La Paz, 1 O OCT. 2003

9 8 /2003

VISTOS:
La Resolución SB N° 108/2000 de 29 de noviembre de 2000,la Ley N° 2297 de 20
de diciembre de 2001 que modifica la Ley de Bancos y Entidades Financieras, los
informes IER/D-50258 y 50260 de 18 de agosto de 2003, emitidos por las
Intendencias de Estudios y Regulación y demás documentación que ver convino y
se tuvo presente.
CONSIDERANDO:
Que, en virtud a la modificación introducida por la ley de Reactivación Económica al
Art. 90 de la Ley de Bancos yEntidades Financieras, que permite a la
Superintendencia de Bancos proporcionar información parcial de la Central de
Información de Riesgos solamente en lo que se refiere a operaciones de
microcrédito y crédito de consumo. a entidades privadas de giro exclusivo, mediante
Resolución SB N° 108/2000 de 29 de noviembre de 2000, se aprobó el Reglamento
para la Constitución y Funcionamiento de Burós deInformación Crediticia.
Que, la Ley N° 2297 de 20 de diciembre de 2001 que modifica la Ley de Bancos y
Entidades Financieras, ha introducido de manera expresa disposiciones referidas a
los Burós de Información Crediticia, conceptualizándolos como empresas de
servicios auxiliares financieros, cuya supervisión se encarga a la Superintendencia
de Bancos y sujeta su creación, constitución yfuncionamiento a las normas que
apruebe el Comité de Normas Financieras de Prudencia (CONFIP).
Que, el Comité de Normas Financieras de Prudencia había sido concebido como
órgano encargado de la aprobación de las normas de prudencia para el
funcionamiento del sistema financiero nacional en relación con las materias
contempladas en los artículos 30, 31, 32 y 33 de la ley del Banco Central de
Bolivia, y de lasque correspondan para la aplicación de la Ley de Pensiones, Ley
del Mercado de Valores y Ley de Seguros.
Que, la Ley del Bonosol, Ley N° 2427 de 28 de noviembre de 2002 ha derogado
las disposiciones referidas al CONFIP que se encontraban señaladas en los
artículos 30 al 34 de la Ley N" 1864 de Propiedad y Crédito Popular de 15 de junio
de 1998.
La Paz :Plaza s a b e La t a t o l c a N'2501
SantaCruz : Av

l i a d N'

585, O / 201

.

T e l e f o n o : ( 5 9 1 ~ 2 )2 4 3 1 9 1 9

T e l é f o n o , ( 5 9 1 ~ 3 3) 3 3 6 2 8 8

F a x ( 5 9 1 2 ) 1430028
T e e f a x 1 5 9 1 ~ 3 13 3 3 6 2 8 9

.

PO BOX h 417
P O BOX N

'359

nm

Superintendencia de Bancos
y Entidades Financieras
Bolivia

Que, el Decreto Supremo N° 27026 de 6 de mayo de 2003, reconoce a la
Superintendencia de Bancos yEntidades Financieras competencia privativa e
indelegable para emitir regulaciones prudenciales relacionadas con la
intermediación financiera y de servicios auxiliares. y como consecuencia de la
derogatoria del CONFIP, elimina la necesidad de su aprobación prevista en las
leyes y disposiciones en las que se la menciona, lo que posibilita la emisión de
normas.
Que, efectuada la evaluación del proyecto de...
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