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Derecho de petición: Aquel derecho que tiene toda persona individual o jurídica, grupo, organización o asociación para solicitar o reclamar ante las autoridades competentes -normalmentelos gobiernos o entidades públicas- por razones de interés público ya sea individual, general o colectivo.
En sentido coloquial, una petición es un documento presentado a alguna autoridad oficial yfirmado por uno o varios individuos. Es posible también hacer una petición vía oral en vez de por escrito, y hoy en día, puede ser formalizada a través de internet. Se entiende por peticiones porinternet o a través de internet aquellas que se formalizan mediante procedimientos telemáticos. Se refieren habitualmente a peticiones abiertas en las que los particulares pueden sumarse a ellasaportando una serie de datos que verifiquen o hagan plausible la autenticidad del peticionario o firmante.
Derecho de propiedad: Es un poder moral porque la apropiación que se hace del bien es reflexiva yno instintiva, es decir, la destinación al fin se hace previo el conocimiento del fin que se acepta libremente. Derecho exclusivo, derivado de la limitación esencial de la utilidad en muchos objetos,que no puede aplicarse a remediar las necesidades de muchos individuos a la vez. Por esta razón, no son bienes apropiables los llamados de uso inagotable o bienes libres, que existen en cantidadessobrantes para todos, como el aire atmosférico, el mar o la luz solar.
Derecho electoral: Tiene dos sentidos: un sentido amplio y uno estricto. En el sentido amplio contiene las determinaciones...
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