Cómo se organiza un condominio
Condominio. También denominado propiedad horizontal, esta constituido con respecto de áreas susceptibles de aprovechamiento independiente yáreas o elementos comunes inseparables de las áreas privativas. Es un régimen mixto, en el que pueden distinguirse, por una parte derechos exclusivos, sobre áreas privativas y, por otra, derechos decopropiedad sobre elementos comunes, que son inherentes a los derechos privativos.
Órganos del condominio.
1. Asamblea general. Estas pueden ser de dos tipos.
Las ordinarias. Son las que deberán decelebrarse cada seis meses y tiene como objeto informar al Estado que guarda la administración del condominio.
Las extraordinarias. Se celebrarán cuando haya asuntos de carácter urgente que atender.Facultades.
1. Modificar la Escritura Constitutiva del condominio y aprobar o reformar el Reglamento Interno del mismo.
2. Nombrar, ratificar y remover libremente al Administrador Condómino, oAdministrador Profesional según sea el caso, en los términos de la presente Ley, su Reglamento, de la Escritura Constitutiva y del Reglamento Interno.
3. Aprobar la contratación del Administrador Profesional yfijar la remuneración; lo cual quedará asentado en el acta de asamblea correspondiente.
4. Precisar las obligaciones y facultades a cargo del Administrador y del Comité de Vigilancia frente a terceros ylas necesarias respecto de los condóminos o poseedores, según actividades a desarrollar de acuerdo a sus cargos y las tareas encomendadas a los comités, de conformidad a lo establecido en laEscritura Constitutiva y al Reglamento Interno del condominio.
5. Establecer los medios y las medidas para la seguridad y vigilancia del condominio, así como la forma en que deberán participar los condóminoso poseedores, en esta actividad con apoyo eventual de la autoridad
2. Administración. Los condominios serán administrados por la persona física o moral que designe la Asamblea General. Si el...
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