Capitalización de intereses corrientes y moratrios

Páginas: 7 (1549 palabras) Publicado: 3 de marzo de 2010
INTERESES

Concepto No. 030617 del 2 de septiembre de 2005

Síntesis: Intereses, capitalización, compuesto, corriente y moratorio.

Con toda atención damos respuesta a su comunicación citada en el asunto, mediante la cual eleva una consulta sobre la legalidad de cobrar interés compuesto, es decir, recapitalizar los intereses.

Sobre el particular, le manifestamos que está prohibido pactarintereses de intereses, llamado también “interés compuesto” por la Doctrina y la Jurisprudencia, que consiste en acumular periódicamente al capital los intereses producidos por éste para luego liquidar nuevos intereses, con base en el monto así formado. Esto es lo que se denomina legalmente “Anatocismo”, lo cual está expresamente prohibido en el artículo 2235 del Código Civil.

Ahora bien,cuestión diferente es la capitalización de intereses, la que en algunos casos no genera anatocismo y, por ende, está permitido, como es el caso de lo dispuesto en el Decreto Reglamentario 1454 de 1989.

Adicionalmente, es preciso tener en cuenta lo dispuesto en el numeral 4º del artículo 1617 del Código Civil, según el cual: “Los intereses atrasados no producen interés” y en el artículo 886 delCódigo de Comercio que establece: “Los intereses pendientes no producirán intereses sino desde la fecha de la demanda judicial del acreedor, o por acuerdo posterior al vencimiento, siempre que en uno y otro caso se trate de intereses debidos con un año de anterioridad por lo menos.”

Por último, no debe perderse de vista además, lo previsto en el artículo 64 de la Ley 45 de 1990 respecto a laaplicación de las normas sobre límites a los intereses.

Para mayor complementación sobre este punto le sugerimos consultar la Sentencia del 27 de marzo de 1992 del Consejo de Estado. M.P. Miguel González Rodríguez. Un extracto de la misma lo puede ubicar en el Código Civil (LEGIS) código [11069] dentro de los comentarios y jurisprudencia relacionada con el citado artículo 2235.

De otro lado, encuanto a la primera parte de su consulta relacionada con la viabilidad de que una entidad solidaria liquide y cobre intereses corrientes y de mora simultáneamente a una obligación que registre por ejemplo dos meses en mora, le manifestamos lo siguiente:

Los intereses corrientes se cobran cuando el crédito esta al día y los moratorios cuando existen cuotas vencidas. En tal virtud, cuando secobran intereses moratorios también están incluidos los intereses corrientes, es decir, se cobran los intereses corrientes más la sanción por la mora.
En consecuencia, bajo los parámetros anteriores, en concepto de esta Oficina, si sería posible cobrar simultáneamente intereses corrientes y de mora, siempre y cuando no se sobrepase el límite de la usura.

En todo caso, habría que revisar el pagaréo título valor que respalda el crédito para saber si se está sobrepasando el límite de la usura.

Acorde con lo anterior, en cuanto a la “tasa máxima de interés que pueden cobrar las entidades solidarias supervisadas” deben seguirse las siguientes instrucciones contenidas en el Capítulo Decimosexto, Título Quinto de la Circular Básica Jurídica (Circular Externa No. 0013 de 2003) de estaSuperintendencia:

“Tasa máxima de interés que pueden cobrar las entidades supervisadas.

“1. Autoridad competente para certificar el interés bancario corriente.

“La única autoridad competente para certificar la tasa de interés bancario corriente es la Superintendencia Bancaria, con base en el artículo 326 del Estatuto Orgánico financiero, subrogado por el artículo 2 del Decreto 2359 de 1993.
 “La Superintendencia de la Economía Solidaria no tiene atribuida expresamente ninguna facultad legal para certificar una tasa de interés corriente equivalente para el sector solidario, por lo que las entidades de la economía solidaria para efectos de las tasas máximas de interés que pueden legalmente cobrar deben tener como punto de referencia la certificación del interés bancario corriente...
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