COMENTARIO REFORMA TRIBUTARIA
CAPÍTULO I
Empleados
Artículo 329. Clasificación de las personas naturales. Para efectos de lo previsto en los Capítulos I y II de este Título, las personas naturales se clasifican en las siguientes categorías tributarias:
a) Empleado;
b) Trabajador por cuenta propia.
Se entiende porempleado, toda persona natural residente en el país cuyos ingresos provengan, en una proporción igual o superior a un ochenta por ciento (80%), de la prestación de servicios de manera personal o de la realización de una actividad económica por cuenta y riesgo del empleador o contratante, mediante una vinculación laboral o legal y reglamentaria o de cualquier otra naturaleza, independientemente de sudenominación.
Los trabajadores que presten servicios personales mediante el ejercicio de profesiones liberales o que presten servicios técnicos que no requieran la utilización de materiales o insumos especializados o de maquinaria o equipo especializado, serán considerados dentro de la categoría de empleados, siempre que sus ingresos correspondan en un porcentaje igual o superior a (80%) alejercicio de dichas actividades.
Se entiende como trabajador por cuenta propia, toda persona natural residente en el país cuyos ingresos provengan en una proporción igual o superior a un ochenta por ciento (80%) de la realización de una de las actividades económicas señaladas en el Capítulo II del Título V del Libro I del Estatuto Tributario.
Los ingresos por pensiones de jubilación, invalidez, vejez,de sobrevivientes y sobre riesgos laborales no se rigen por lo previsto en los Capítulos I y II de este Título, sino por lo previsto en el numeral 5 del artículo 206 de este Estatuto.
Parágrafo. Las personas naturales residentes que no se encuentren clasificadas dentro de alguna de las categorías de las que trata el presente artículo; las reguladas en el Decreto 960 de 1970; las que seclasifiquen como cuenta propia pero cuya actividad no corresponda a ninguna de las mencionadas en el artículo 340 de este Estatuto; y las que se clasifiquen como cuenta propia y perciban ingresos superiores a veintisiete mil (27.000) UVT seguirán sujetas al régimen ordinario del impuesto sobre la renta y complementarios contenido en el Título I del Libro I de este Estatuto únicamente.
EXPLICACIONDe acuerdo con la nueva redacción de este artículo, los contribuyentes personas naturales se clasifican en:
a. Empleados.
· Persona natural con ingresos brutos >= 80% provenientes de la prestación de servicios de manera personal por cuenta y riesgo del empleador o contratante mediante vinculación laboral.
· Persona natural con ingresos brutos >= 80% provenientes de la prestación de servicioscorrespondientes al ejercicio de profesiones liberales o que presten servicios técnicos que no requieran la utilización de materiales o insumos especializados o de maquinaria o equipo especializado.
b. Trabajador por Cuenta Propia. Persona natural residente en el país cuyos ingresos provengan en una proporción igual o superior a un ochenta por ciento
(80%) de la realización de una de lassiguientes actividades económicas (artículo
340 del E.T.):
· Actividades deportivas y otras actividades de esparcimiento
· Agropecuario, silvicultura y pesca
· Comercio al por mayor
· Comercio al por menor
· Comercio de vehículos automotores, accesorios y productos conexos
· Construcción
· Electricidad, gas y vapor
· Fabricación de productos minerales y otros
· Fabricación de sustanciasquímicas
· Industria de la madera, corcho y papel
· Manufactura alimentos
· Manufactura textiles, prendas de vestir y cuero
· Minería
Artículo 330. Sistemas de determinación del impuesto sobre la renta y complementarios para personas naturales empleados. El impuesto sobre la renta y complementarios de las personas naturales residentes en el país, clasificadas en la categoría de empleados de...
Regístrate para leer el documento completo.