Concubinato
Las reglas del concubinato en cuanto a patrimoniocomún se parecen a las de la comunidad ordinaria, es decir, dueños de algo común, donde cada comunero tiene libertad para disponer de su parte, sin limite alguno, lo cual no es en totalidad factible en el matrimonio (art.168 código civil), debido a que precisamente en el concubinato no existe tal regulación. Incluso, los convenios celebrados entre concubinos, donde se regule la administración de losbienes comunes, no tiene efecto contra terceras personas, mientras que en el caso del matrimonio, la regulación de los bienes, además de la ley, puede hacerse mediante un contrato denominado Capitulaciones Matrimoniales, cuyo contenido y cumplida la formalidad del registro, sí tiene efecto contra todos.
De acuerdo a esto, dada la ausencia de legislación específica , el concubino afectado porla venta del bien común tendrá acción legal sólo contra el otro concubino, por los daños ocasionados al vender un bien de la comunidad concubinaria, pero será muy difícil demandar la nulidad de esa venta alegando el contenido del señalado artículo 168, dado que, como antes señalamos, la formalidad establecida en
El Artículo 767 de Código Civil presupone que la relación concubinaria constituyeuna unidad de producción. Cuando existe el concubinato cabal el cual se define como la unión de vidas, permanente estable y singular de un hombre y de una mujer, conjugado por el lazo espiritual del afecto, quienes cohabitan como si estuviesen unidos en matrimonio, con la posibilidad jurídica, inmediata de contraerlo. Pero si esta la unión no ha producido bienes de alguna significación económica,carece de objeto el ejercicio de la acción concubinaria patrimonial.
La Constitución de 1999 ha venido a sembrar los fundamentos para una solución plausible del problema patrimonio-concubinario, al establecer la igualdad de efectos entre los que genera el matrimonio y los que produce el concubinato. Art. 77 de la mencionada Carta Magna.
Se entiende como patrimonio concubinario, a los efectosdel Artículo 767 de CC, el conjunto de bienes que logran formar o incrementar los concubinos durante la vida de la relación.
El patrimonio concubinario supone un esfuerzo conjunto que de por si genera una situación de comunidad, en la cual, por tacita remisión al articulo 760 del mismo código, los bienes pertenecen a los dos concubinos en la misma proporción, salvo que, aun presumida lacomunidad, algunos de ellos demuestre en juicio la existencia de un pacto previo, en virtud del cual el patrimonio no pertenecía a los dos en igualdad de partes.
|Apoyado en la normativa que rige el patrimonio conyugal, podemos definir El patrimonio concubinario como el conjunto de bienes que, en un plano de igualdad, han sido formados o incrementados |
|entre las fecha de inicio y termino de larelación concubinaria, conjuntamente por ambos concubinos, mediante su industria, profesión, oficio o trabajo, o por conceptos de frutos, rentas o |
|intereses devengados durante el concubinato, provenientes de bienes comunes o de los peculiares de cada uno de ellos. Y, en general, todos los bienes existentes durante la vida concubinaria, |
|salvo que el interesado pruebe que le son...
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