Corte suprema de justicia sala de casación civil bogotá, d.c., cuatro de septiembre de dos mil seis. magistrado ponente edgardo villamil portilla exp.: no. 76001-3110-003-1998-00696-01

Páginas: 18 (4476 palabras) Publicado: 4 de noviembre de 2011
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL

Bogotá, D.C., cuatro de septiembre de dos mil seis.
Magistrado Ponente
EDGARDO VILLAMIL PORTILLA
Exp.: No. 76001-3110-003-1998-00696-01

Decide la Corte el recurso de casación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia de 23 de agosto de 2002, dictada por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, providencia que pusofin a la segunda instancia en el proceso ordinario promovido por Maribel Salazar García contra Amador Antonio, Adriana Maritza, Mónica Andrea, Filian Jefry Medina Tierradentro, Yamileth Medina Villanueva, Kevin Farid Medina Araujo y los herederos indeterminados de Amador Antonio Medina Sánchez.

ANTECEDENTES

1. La demandante pidió que judicialmente se declare que existió unión marital dehecho y se deduzca que hubo sociedad patrimonial entre Maribel Salazar García y Amador Antonio Medina Sánchez durante el período comprendido entre el 15 de octubre de 1995 y el 6 de marzo de 1998, fecha de fallecimiento de este último.

2. Los hechos fuente de las pretensiones admiten el siguiente compendio:

2.1. Amador Antonio Medina Sánchez estuvo casado con Marleny Tierradentro desde el 28 dediciembre de 1974, hasta el 13 de octubre de 1995 cuando se decretó el divorcio entre ellos.

2.2. Previamente, el 7 de julio de 1995, se disolvió y liquidó la sociedad conyugal nacida del matrimonio Medina - Tierradentro, lo cual se hizo mediante escritura pública No. 2646 de la Notaría Octava del Círculo de Cali.

2.3. Poco tiempo después de decretado el divorcio, 13 de octubre de 1995,Amador Antonio Medina Sánchez inició convivencia con Maribel Salazar García, la que se prolongó hasta la muerte de aquel acaecida el 6 de marzo de 1998.

3. Los demandados se opusieron a la prosperidad de las pretensiones, para lo cual alegaron que entre la demandante y Amador Antonio Medina Sánchez no hubo sociedad patrimonial entre compañeros permanentes por ausencia de los requisitos legalespara conformarla.

4. El juzgado de primera instancia accedió a las pretensiones de la demanda, decisión revocada por el Tribunal Superior del Distrito de Cali, que en sustitución, aunque admitió que hubo unión marital de hecho, negó la pretensión de reconocimiento de la existencia de la sociedad patrimonial entre compañeros permanentes. Esta sentencia, en su momento recurrida casación, ocupa ahorala atención de la Corte.

LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL

Guiado por las premisas normativas de la Ley 54 de 1990, el Tribunal halló acreditada la convivencia, pues dijo que los testigos “son coincidentes en precisar que la unión marital comenzó desde el mes de octubre de 1995 hasta la fecha de la defunción de AMADOR MEDINA acaecida el 6 de marzo de 1998”, además de las declaraciones estimadas,corroboró su convicción “en la prueba documental técnica y fílmica donde se puede percibir la vida en común que llevaban los compañeros MEDINA - SALAZAR quedando así demostrado que la unión no fue simplemente esporádica, sino que su permanencia en el tiempo adquiere la connotación jurídica que señala el artículo 1º de la Ley 54 de 1990 para llegar a la conclusión que los nombrados en realidadformalizaron su convivencia de manera singular como quiera que compartieron una vida de pareja a manera de marido y mujer desde el último trimestre del año de 1995 hasta el 6 de marzo de 1998, es decir hasta la fecha en que falleció AMADOR MEDINA lo cual da lugar a que se admita que se debe declarar la unión marital”.

Dos referentes temporales tuvo a la vista el Tribunal para decidir: la disolución yliquidación de la sociedad conyugal Medina - Tierradentro hecha mediante la escritura pública de 7 de julio de 1995 y la sentencia de divorcio dictada por el Juzgado Cuarto de Familia el 13 de octubre de 1995. Después dedujo que la norma aplicable al caso era el literal b) del artículo 2º de la Ley 54 de 1990, con exclusión del literal a) ibídem, dado que primero fue la liquidación de la...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • sala de casacion tribunal supremo de justicia
  • Sentencia Corte suprema de justicia sala de casación civil expediente 11001 31030132005 00265 de 2010
  • Sala constitucional de la corte suprema de justicia
  • SEÑORES MAGISTRADOS DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA COMISION DICIPLINARIA
  • Corte suprema de justicia sala de casación penal
  • Corte Suprema De Justicia Sala De Casacion Civil- Referencia: Expediente No. 7854Corte Suprema De Justicia Sala De...
  • Corte suprema de justicia sala de casación penal
  • Los gananciales en la jurisprudencia de la sala segunda de la corte suprema de justicia.

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS