Cualquiera
Elderecho internacional, por su parte, ha establecido cinco componentes mínimos que deben contemplar los programas de reparación, aun cuando estos no se encuentren necesariamente aplicados en casossimilares al colombiano:
a) rehabilitación; b) compensación; c) restitución; d) satisfacción y e) garantías de no repetición.
Formalmente, la Ley de Justicia y Paz incluye estas cinco formas dereparación:
a) la restitución, definida como las acciones que propenden por regresar a la víctima a la situación anterior a la comisión del delito; b) la indemnización, que se refiere a la compensación delos perjuicios causados por el delito; c) la rehabilitación, que comprende las acciones que buscan recuperar la salud mental y física de las víctimas; d) la satisfacción, que es definida en la Ley comouna compensación moral y comprende las acciones tendientes a restablecer la dignidad de la víctima y a la difusión de la verdad; y, finalmente e) la garantía de no repetición, que se manifiestaprincipalmente en la desmovilización y el desmantelamiento de los grupos armados.
Al menos en el texto, las reparaciones cumplen con los estándares de una justicia transicional y también con losestándares internacionales de reparaciones. En las reparaciones están incluidos en la teoría todo el universo de victimas así como estarían todos los tipos de reparaciones. Entre estas se pueden señalar lasreparaciones individuales y las reparaciones colectivas por un lado, así como también aquellas de orden material y simbólico.
Una mirada actual a la reparación de las víctimas
El éxito de las...
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