Decreto 4818

Páginas: 47 (11731 palabras) Publicado: 20 de junio de 2011
REPÚBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO DECRETO NÚMERO (

4818
)

DE 2007

DIC. 14 2007

Por el cual se fijan los lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias y para el pago de los impuestos, anticipos y retenciones en la fuente y se dictan otras disposiciones

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

En uso de las facultadesconstitucionales y legales, en especial de las conferidas en los numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 260-4, Parágrafo 2 del artículo 260-6, 260-8, 298, 555-2, 579, 579-2, 603, 800, 811, 876 y 877 del Estatuto Tributario

DECRETA: PLAZOS PARA DECLARAR Y PAGAR DURANTE EL AÑO 2008 NORMAS GENERALES ARTÍCULO 1. Presentación delas declaraciones tributarias. La presentación física de las declaraciones del impuesto sobre la renta y complementarios, de ingresos y patrimonio, del impuesto sobre las ventas, de retenciones en la fuente y del impuesto al patrimonio, se hará por ventanilla en los bancos y demás entidades autorizadas para recaudar, ubicados en el territorio nacional. Parágrafo. Los contribuyentes, responsables,agentes retenedores, declarantes señalados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, deberán presentar sus declaraciones tributarias y las de retenciones en la fuente, en forma virtual a través de los servicios informáticos electrónicos, conforme con lo señalado en el Decreto 408 de 2001 y las normas que lo modifican y adicionan. Solamente en los eventos previstos en tales normas podránpresentarse estas declaraciones en forma litográfica. Los plazos para la presentación y pago son los señalados en el presente decreto. ARTÍCULO 2. Pago de las declaraciones y demás obligaciones en bancos y entidades autorizadas. El pago de los impuestos, retenciones, anticipos, tributos aduaneros, sanciones e intereses en materia tributaria, aduanera y cambiaria, deberá realizarse en los bancos ydemás entidades autorizadas para el efecto, en la forma establecida en el artículo 35 del presente decreto. ARTÍCULO 3. Presentación y pago de la declaración del Gravamen a los Movimientos Financieros. La declaración del Gravamen a los Movimientos Financieros, se presentará en la Subdirección de Recaudación de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de la ciudad de Bogotá D.C., o en ladependencia que haga sus veces.

DECRETO NUMERO

de

Hoja N° 2

Continuación del Decreto “Por el cual se fijan los lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias y para el pago de los impuestos, anticipos y retenciones en la fuente y se dictan otras disposiciones” ____________________________________________________________

________________ El pago de las sumasrecaudadas debe depositarse a la orden de la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional, en el Banco de la República en la cuenta corriente No. 61012167 denominada DTN – Recaudo Gravamen a los Movimientos Financieros. Parágrafo. Las entidades vigiladas por las Superintendencia Financiera de Colombia y de la Economía Solidaria, deberán presentar la declaración y pagar la liquidacióncontenida en la declaración del Gravamen a los Movimientos Financieros en el establecimiento de crédito autorizado, dentro de los plazos señalados en este Decreto. ARTÍCULO 4. Corrección de las declaraciones. La inconsistencia a que se refiere el literal d) del artículo 580 del Estatuto Tributario podrá corregirse mediante el procedimiento previsto en el artículo 588 del citado Estatuto, siempre ycuando no se haya notificado sanción por no declarar, liquidando una sanción equivalente al 2% de la sanción por extemporaneidad prevista en el artículo 641 Ibídem, sin que exceda de mil trescientas (1.300) UVT. ($ 28.670.000 año 2008). ARTÍCULO 5. Cumplimiento de obligaciones por las sociedades fiduciarias. Las sociedades fiduciarias presentarán una sola declaración por todos los patrimonios...
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