delitos y las penas
"Algunos restos de leyes de un antiguo pueblo conquistador, recopiladas por orden de un príncipe, que doce siglos antes reinaba enConstantinopla, mezcladas después con ritos Lombardos, y envueltas en inconexos volúmenes de privados y oscuros intérpretes, forman aquella tradición de opiniones que en una gran parte de la Europatiene todavía el nombre de leyes: y es cosa tan común como funesta ver en nuestros días, que una opinión de Carpzovius, un uso antiguo, señalado por Clarus, un tormento sugerido con iracundacomplacencia por Frinaccias,sean las leyes obedecidas con seguridad y satisfacción de aquellos, que para regir las vidas y fortunas de los hombres deberían obrar llenos de temor y desconfianza." (Introducción)1La realidad era más cruda que esta crítica y, también, más cruel. Sirva como ejemplo la Ley I perteneciente al Título XXX de la Partida VII, recopilación legal efectuada por Alfonso X el Sabio, queestuvieron vigentes hasta el siglo XIX en España.
[editar]Ideas fundamentales
En De los delitos y las penas se exponen ideas que hoy se asocian con frecuencia a los fundamentos del derecho, peroque en el marco social expuesto arriba resultaban ser una propuesta de reformas casi revolucionarias. El libro se publicó, de hecho, en forma muy discreta, aunque su enorme éxito hizo que se difundierapor toda Europa (la primera edición española data de 1774). Algunas de estas ideas son:3
No es en ningún caso la voluntad del juez, sino las leyes, lo que puede dictar las penas.
En las leyes...
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