Derecho civl

Páginas: 34 (8493 palabras) Publicado: 7 de octubre de 2010
TELAMODA, S. A. RECURRE EN CASACIÓN EN EL PROCESO ORDINARIO QUE LE SIGUE A COMPAÑÍA INTERNACIONAL DE SEGUROS, S.A. PONENTE: ALBERTO CIGARRUISTA CORTEZ. PANAMA- VEINTINUEVE (29) DE AGOSTO DE DOS MIL TRES (2003).

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá
Sala: Primera de lo Civil
Ponente: Alberto Cigarruista Cortez
Fecha: 29 de Agosto de 2003
Materia: Civil
CasaciónExpediente: 305-02

VISTOS:

La firma Shirley & Asociados, actuando en representación de Telamoda, S.A, ha interpuesto recurso de casación contra la resolución de 22 de julio de 2002, proferida por el Primer Tribunal Superior dentro del Proceso ordinario de mayor cuantía que la recurrente le sigue a COMPAÑÍA INTERNACIONAL DE SEGUROS, S.A.

La Sala Civil ordenó el 20 de noviembrede 2002, la corrección del recurso presentado y habiéndose cumplido con ello, fue admitido el 26 de diciembre de 2002. En el presente estado, corresponde a esta Superioridad resolver el fondo del presente negocio, lo que hace a continuación.

ANTECEDENTES.

El 6 de noviembre de 1995, la Compañía Internacional de Seguros, S.A. emitió a favor de Telamoda, S.A. la póliza de seguro deincendio Nº 97054 por B/.1,800,000.00, para amparar la mercancía seca en general (especialmente tela) y otras inherentes al negocio del asegurado, en caso de ocurrir este siniestro en el local arrendado por la asegurada ubicado en el edificio Nº 42-B, Sector La Siesta, Tocúmen, en donde desempeñaba su actividad mercantil.

El 15 de febrero de 1996, el representante legal de la sociedad Telamoda,S.A. Víctor Halit Saydun, subarrendó, por un año, a Carlos Juan Quintero, un local ubicado en la galera Nº 42-B, Sector La Siesta, Tocúmen, separado y con su puerta individual, que fue identificado con el número 42B-BIS. En dicho contrato se estableció que el local podía ser utilizado para cualquier tipo de actividad industrial o comercial en general (f. 203).

El inmueble en el que seubicaban ambos locales comerciales se incendió el 28 de septiembre de 1996, hecho notificado por el asegurado al corredor de seguros y post,eriormente, dentro de los treinta días siguientes a la fecha de ocurrencia, a la Com,,,,,,pañía Internacional de Seguros, S.A., quien negó el pago de la indemnización por considerarlo un reclamo sospechoso en virtud del informe de los inspectores del Cuerpo deBomberos que indicaban que el incendio tenía características de doloso y provocado.

Telamoda, S.A. interpuso proceso ordinario de mayor cuantía, demandando a la Compañía Internacional de Seguros, S.A. al pago del reclamo por la suma de B/.1,378,576.57, amparado en la póliza de incendio contratada y los daños y perjuicios sobrevenidos por la mora en el pago de dicha suma.

Por suparte, Compañía Internacional de Seguros, S.A. se opuso a las pretensiones de la actora, aduciendo la inexistencia de la causa de pedir y de la obligación de pagar la indemnización alegada, ya que según los informes del Cuerpo de Bomberos y de la Policía Técnica Judicial, el incendio fue intencional, provocado y doloso y el riesgo no estaba cubierto por la póliza de seguro de incendio Nº 97054;agregó que no había evidencia que en el referido local estuvieran depositadas las telas y tejidos sintéticos que sumaran el monto de B/.1,370,215.92, supuestamente exportados por O'leary & Shaw International Corporation Limited de Gran Bretaña, ni de la existencia de otra mercancía inherente al negocio de la demandante por un valor de B/.8,360.65. Señaló que no le fue notificado el siniestro, porquela empresa Seguros Donado, S.A. no son agentes de la Compañía Internacional de Seguros, S.A., a quien debió notificar directamente como lo establece la póliza de seguro.

El Juzgado Quinto del Circuito de lo Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá, dictó la sentencia Nº 5 de 15 de febrero de 2001, mediante la cual resolvió la demanda interpuesta por Telamoda, S.A. declaró probada la...
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