Derecho del trabajo

Páginas: 24 (5790 palabras) Publicado: 25 de septiembre de 2015
Derecho del trabajo
D.T. 1.10 Bis. Accidentes del trabajo. Ley de Riesgos. Actuación en sede administrativa. Falta de interposición de recursos. Cuestionamiento en sede judicial. Improcedencia. Cosa juzgada.
No puede someterse a una A.R.T. que fue parte del procedimiento, a una nueva discusión de una cuestión que quedó resuelta y firme en el trámite de la ley 24.557, salvo que medien planteos deinconstitucionalidad o nulidad de lo actuado en sede administrativa. Si la accionante no solicitó en su demanda –infundada respecto a la A.R.T.- la nulidad de lo actuado en sede administrativa ni cuestionado la validez constitucional de las atribuciones jurisdiccionales de dicho órgano, o del procedimiento administrativo, sin esgrimir alguna razón que pudiere justificar la falta de interposiciónde los recursos que prevé el art. 46 de la ley 24557, queda vedada su petición de revisión de lo actuado en aquella sede.
C.N.A.T. S.X. S.D. "CALIZAYA SORIA, Everto c/ ALVAREZ, Laudelina y otro s/ accidente Ley 9688". (M.-C.). 
D.T. 7 Aportes y contribuciones a entidades gremiales. Obligación de retención del empleador. Cuotas sindicales y las contribuciones de solidaridad. Origen de laobligación. Art. 38 ley 23.551. Decreto 467/88.
La obligación de los empleadores de actuar como agentes de retención, tanto de las cuotas sindicales (ordinarias o extraordinarias), como de las contribuciones de solidaridad que eventualmente se pacten en los términos de la ley de negociación colectiva, emerge del art. 38 de la ley 23.551. A su vez, el art. 24 del decreto reglamentario 467/88 dispone que "paraque la obligación de retener sea exigible, la asociación sindical debe comunicar la resolución del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que la dispone, con una antelación no menor a diez (10) días al primer pago al que resulte aplicable. La comunicación deberá ser acompañada de una copia autenticada de la referida resolución".
C.N.A.T. S.II. S.D. 94.382 del 18/08/2006. Exp.7.430/2004. "Federación Obrera Ceramista de la República Argentina FOCRA c/L.O.S.A. Ladrillo Olavaria S.A. s/cobro de apor. o contrib." . (P.-G.).
D.T. 13 6 Asociaciones profesionales de trabajadores. Ley 23.551. Art. 62.
La resolución del Ministerio de Trabajo que homologa un convenio colectivo no es encuadrable en el sistema de revisión del art. 62 de la ley 23.551. Dicho recurso está previsto en un diseño deúnica instancia y no es idóneo por su estructura adjetiva para ventilar conflictos de aristas complejas que exigirían la participación cabal, tanto de la entidad sindical firmante, como de los empleadores y de las partes afectadas.
C.N.A.T. S.III. S.I. 57.287 del 25/08/2006. Exp. 15.979/2006. "Ministerio de Trabajo c/Unión del Personal Jerárquico del Banco de la Provincia de Buenos Aires".
D.T. 13 6Asociaciones profesionales de trabajadores. Ley 23.551. Ausencia de una controversia de encuadramiento sindical. Tercerización de parte de la actividad empresaria. Ausencia de acuerdo que exija homologación.
No cabe hacer lugar al planteo de nulidad del acto celebrado entre la Federación Nacional de Trabajadores Camioneros y Obreros del Transporte Automotor de Cargas Logísticas y Servicios con laempresa Carrefour Argentina S.A., pues no existió ni un "acuerdo" ni un "convenio" que debiera ser homologado, a pesar de estar presentes la Secretaria de Trabajo y el Subsecretario de Relaciones Laborales, sino simplemente una manifestación de voluntad unilateral de la empresa Carrefour Argentina S.A. de "externalizar" parte del proceso de distribución de bienes, que no requiere homologación algunapor tratarse de una cuestión que hace al manejo de sus negocios. La empresa resolvió "tercerizar", cedió una planta a una Unión Transitoria de Empresas y ésta, como empleadora, aplicará el marco normativo legal y convencional que crea corresponder, bajo su responsabilidad. No se trató de una contienda de encuadramiento y por otro lado la decisión empresaria no requiere ningún consentimiento...
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