derecho romano
inspirado la trayectoria de esta academia en algún
momento y gozan para nosotros de un especial
significado por lo que queremos compartirlas con
nuestros amigos, esperando les sean de interés:
- "Pacta Sunt Servanda", por supuesto en primer
lugar.
(Los Pactos- Acuerdos, deben ser respetados).("Lo pactado obliga". Toda convención debe ser
fielmente cumplida por las partes de acuerdo con
lo pactado).
- "Nemo plus iura in alium transferre potest quam
ipse habet".
(Principio registral de aplicación también para
otros supuestos).
- "Favorabilia amplianda, odiosa restringenda".
(Principio de interpretación legal).
- "iuris vinculum, quoneccessitate adstringimur
ad aliquid dandum, vel faciendum, vel
prestandum".
(Partiendo de las Instituciones de Justiniano y de
un Texto del Digesto, se formuló el conocido
concepto de obligación. Hoy en día podemos ver
su influencia incluso en la acepción de obligación
en nuestro Código Civil, artículo 1088: "Toda
obligación consiste en dar, hacer o no hacer
alguna cosa").- "Prior tempore, potior iure".
(Principio registral de aplicación en determinados
supuestos del Derecho Civil también, como en el
caso de la venta múltiple o doble venta, del
artículo 1473 Código Civil, supuesto en el cual se
exige también la buena fe).
- "Nullum Crimen, Nulla Poena, sine Lege
Praevia".
(Principio de Legalidad Penal).
- "Opinio iuris sivenecessitatis".
(Elemento interno- espiritual de la costumbre,
necesariamente unido a la repetición de los actos
de manera constante y uniforme para crear
obligación).
- "Quod non est in actis, non est in mundo".
(Solemnis Ordo Iudiciarius).
- "Fumus boni iuris" y "Periculum in mora".
(Medidas cautelares).
- Cláusula "rebus sicstantibus".
Su desarrollo es jurisprudencial.
- "Tantum valet res quantum vendit potest".
Principio de inspiración liberal relativo a la fijación
del precio en la compraventa, impidiendo pues en
su concepción absoluta la rescisión del contrato
por el valor del precio fijado.
(Las cosas valen tanto como el valor por el que
puedan ser vendidas).
- "Dura lex, sed lex".Dura es la ley, más es la ley.
- "Da mihi factum, dabo tibi ius".
(Dame los hechos, yo te daré el Derecho).
Aforismo Latino que ilustra la naturaleza rogada
de nuestro Proceso Civil.
- "Actus Reus Non Facit Reum Nisi Mens Sit
Rea".
(El acto en si mismo no constituye la culpa a
menos que se haga con intención culpable).
- "Cogitationes poenam nemo patitur".
(Nadiepuede ser penado por sus pensamientos).
- "Ut sementem feceris,ita metes".
(Como sembrares, así cosecharás).
- "Exígete mucho a tí mismo y espera poco de los
demás. Así te ahorrarás disgustos".
- "Donde hay Justicia, no hay pobreza".Confucio.
- "El lenguaje de la verdad debe ser, sin duda
alguna, simple y sin artificios".
- "Importa mucho más lo que tú pienses de tímismo que lo que los otros opinen de tí".
Lucio Anneo Séneca.
- "Buscando el bien de nuestros semejantes,
encontraremos el nuestro".
- "La obra maestra de la injusticia es parecer
justo sin serlo". Platón.
- "El primer castigo del culpable es que jamás
será absuelto por su conciencia".
Décimo Junio Juvenal.
- "La verdad se corrompe tanto con la mentira
como con elsilencio".
- "Cuando mejor es uno, tanto más difícilmente
llega a sospechar de la maldad de los otros".
- "Los hombres son como los vinos: la edad agria
los malos y mejora los buenos".
- "Si hacemos el bien por interés, seremos
astutos, pero nunca buenos".
Marco Tulio Cicerón.
- "Estos son los preceptos del derecho: vivir
honestamente, no ofender a los demás y dar a
cada...
Regístrate para leer el documento completo.