El articulo 84 del codigo contencioso administrativo

Páginas: 49 (12173 palabras) Publicado: 28 de octubre de 2010
Sentencia T-836/04
 
ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIAS JUDICIALES-Procedencia excepcional
 
VIA DE HECHO Y SENTENCIA DE CONSTITUCIONALIDAD DE LA CORTE CONSTITUCIONAL-Desconocimiento
 
Dado que la parte resolutiva de las sentencias de la Corte, incluso la de las sentencias condicionadas, es obligatoria para todas las autoridades, incurre en arbitrariedad por desconocimiento de unadisposición vinculante el funcionario judicial que toma una decisión por fuera de esa preceptiva. Ello por cuanto que, “[d]esconocer tal mandato vulnera abiertamente la propia Constitución (art. 243) y desatiende el clarísimo e imperativo mandato del legislador estatutario, con las consiguientes responsabilidades para el funcionario o corporación que obre en tal sentido”.
 
SENTENCIA DE LA CORTECONSTITUCIONAL-Efecto erga omnes/SENTENCIA DE LA CORTE CONSTITUCIONAL-Obligatoriedad de parte resolutiva
 
La Corporación ha establecido que los apartes de las providencias que tienen la virtud de producir efectos erga omnes son la parte resolutiva de la sentencia y los segmentos de la parte considerativa que constituyen el fundamento de la decisión. Éstos, que comúnmente se denominan ratio decidendi,son los argumentos que sin estar expresamente consignados en la parte resolutiva, se encuentran lógica y jurídicamente fundidos con ella de modo que comparten una unidad de raciocinio inescindible. Lo anterior significa que las demás consideraciones que la Corte haga a lo largo de la sentencia, ya estén mediáticamente relacionadas con la parte resolutiva o distantes de su contenidológico-jurídico, no tienen fuerza vinculante erga omnes según las previsiones del artículo 243 superior. Al margen del problema que en algunos casos implica identificar los contornos precisos de la ratio decidendi, lo que está por fuera de toda discusión es que la parte resolutiva de la providencia constituye la cosa juzgada constitucional, pues es lo que por excelencia produce efectos erga omnes.
 
ACCION DENULIDAD-Procedencia contra actos de contenido particular y concreto
 
La parte resolutiva de la Sentencia C-426 de 2002 es clara y enfática al señalar que la acción simple de nulidad procede contra actos de contenido particular cuando “la pretensión es exclusivamente el control de la legalidad en abstracto del  acto”. En estos términos, si en la demanda no figura una pretensión encaminada alrestablecimiento del derecho y la única que se consigna es la de la simple nulidad del acto, no le está permitido al juez rechazarla con el argumento de que la verdadera intención del libelo es el restablecimiento del derecho. Tal como lo advierte la parte resolutiva del fallo, la acción de nulidad del acto particular procede cuando la pretensión es el control de legalidad abstracto del mismo, en lostérminos establecidos en dicha providencia, y éstos términos prescriben que “si la pretensión procesal del administrado al acudir a la jurisdicción se limita tan sólo a impugnar la legalidad del acto administrativo, no existe razón para desconocerle el interés por el orden jurídico y privarlo del acceso a la administración de justicia, por la fútil consideración de que la violación alegadaprovenga de un acto de contenido particular y concreto que también afecta derechos subjetivos”.
 
ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIAS DEL CONSEJO DE ESTADO Y VIA DE HECHO-Desconocimiento de sentencia de la Corte Constitucional
 
Esta Sala considera que en el Auto del 5 de febrero de 2004, dictado en el proceso contencioso administrativo adelantado por el peticionario de la referencia, la SecciónPrimera del Consejo de Estado incurrió en una vía de hecho al desconocer el contenido de la decisión de la Sentencia C-426 de 2002 de la Corte Constitucional, que se refiere a la procedencia de la acción de nulidad contra actos administrativos de contenido particular. En consecuencia, la Sala procederá a revocar la decisión del Consejo de Estado revisada en esta providencia y decretará la nulidad...
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