Evolucion de legislacion acerca del nombre
También este Decreto, fue la primera norma jurídica que hizo mención específica a la inscripción de nombres indígenas al referirse a "voces o palabras indígenas incorporadas al idioma nacional".
En conclusión esta norma “fundó unapolítica cultural a través de la homogeneización desde el Estado para el cual las representaciones sobre los nombres se exponían como un elemento unificador y planteaban un ideal de lengua. De esta manera, el rol del Estado se constituyó como regulador de las políticas culturales. La defensa y protección del idioma castellano, manifestada en este decreto, reflejaba la fuerte influencia del marcopolítico estadocentrista del período en cuestión.”
Por su parte, el decreto N° 410 se emitió el 7 de enero de 1946, durante el gobierno de facto del presidente Farrell, con el objetivo de modificar la normativa anterior, “permitiendo la inscripción de nombres extranjeros a los hijos de funcionarios y empleados de las representaciones diplomáticas acreditadas ante la República, o de cónsules depaíses extranjeros”.
En comparación con la norma anterior, era un decreto de pocas especificaciones sobre la lengua, ya que la referencia "nombres extranjeros" es generalizada.
El decreto operaba el principio de territorialidad, es decir que el alcance de la norma estaba delimitado por las fronteras del territorio nacional. El principio de personalidad intervenía al exceptuar las prohibicionespara los hijos de funcionarios extranjeros. La ley contemplaba a los residentes temporales dándoles la posibilidad de utilizar sus nombres de origen adaptados al castellano y exceptuándolos de la prohibición del idioma en la elección de los nombres.
La Ley del Nombre se promulgó en Buenos Aires, el 10 de junio de 1969, con el número 18.248 y su objetivo principal es que todas las personas tenganel derecho y el deber de usar el nombre y apellido que les corresponde. Estos se adquieren por la inscripción en el acta de nacimiento.
Con respecto a las restricciones de los decretos anteriores, se retoma la de limitar el uso de nombres y se suma la regulación en el uso de apellidos, también el control de las modificaciones de nombres y apellidos y la protección de su uso.
En esta Ley seregula el uso de la lengua, la posibilidad de adaptación gráfica y fonética de los
apellidos extranjeros de difícil pronunciación y el uso y las modificaciones en los nombres y apellidos en distintas situaciones civiles: matrimonio, adopción y nulidad de matrimonio, entre otras.
La aplicación de esta ley, si bien opera sobre el principio fundamental de la libertad de elegir el nombre, limita alindividuo en cuanto al control de la forma y el uso de éste.
Es retomada del decreto anterior la excepción de los hijos de funcionarios o empleados extranjeros de las representaciones diplomáticas o consulares acreditadas en el país y es incorporado el 30 de octubre de 1984 el artículo tercero bis, el cual incluye la inscripción de "nombres aborígenes o derivados de voces aborígenes, autóctonas...
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