historia
VINCULACIÓN: práctica jurídica desde la Edad Media que consiste en qué las tierras que pertenecen a la nobleza,iglesia y municipios no se podían vender, ceder ni repartir. El término amortización se refiere a las tierras de instituciones religiosas y civiles.
AMORTIZACIONES (Tierras amortizadas): Forma depropiedad de las tierras propia del Antiguo Régimen, en la que las propiedades están vinculadas al patrimonio familiar o a una institución y no se pueden comprar ni vender ni repartir. La explotación delas tierras es deficitaria y está fuera del mercado (“son tierras o bienes muertos para el mercado”). Tenían la finalidad de mantener el patrimonio de la nobleza o de las instituciones a las queestaban vinculadas. Las tierras amortizadas pertenecen a la Iglesia (“tierras de manos muertas”), a los ayuntamientos (“bienes comunales” de los que pueden hacer uso los habitantes del municipio) y a lanobleza (mayorazgo). En el siglo XIX los progresistas, dentro de la reforma agraria liberal, liquidaron las tierras amortizadas, mediante las “desamortizaciones”, y la propiedad de las tierras pasó aser propiedad privada.
MAYORAZGO: Forma de propiedad vinculada de la tierra, propia del Antiguo Régimen, por la que los bienes que pertenecen a las familias nobiliarias se apartan del orden normalde sucesión y quedan vinculados a un orden sucesorio especial, que recae en el hijo mayor (primogénito). Este los hereda y puede disponer de las rentas pero no puede dividir ni vender las tierras,pues son propiedad de la familia y el propósito es mantener intacto el patrimonio familiar. El primogénito se encarga de mantener al resto de la familia. Se eliminaron con las leyes de“desvinculación” del siglo XIX.
BIENES MUNICIPALES: Las tierras de los ayuntamientos pueden ser bienes de propios y bienes comunales. Los primeros eran tierras que se arrendaban a particulares para afrontar...
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