“La relación de causalidad: ¿quaestio facti o quaestio iuris?”

Páginas: 22 (5337 palabras) Publicado: 16 de enero de 2011
Revista Chilena de Derecho, vol. 33 N 0 1, pp. 167 - 176 [2006] CÁRDENAS, Hugo A. “La relación de causalidad: ¿quaestio facti o quaestio iuris?”

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LA RELACIÓN DE CAUSALIDAD: ¿QUAESTIO FACTI O QUAESTIO IURIS? Comentario a sentencia de Corte Suprema, 26 de enero de 2004*
Hugo A. Cárdenas**

INTRODUCCIÓN
La relación de causalidad ha sido tradicionalmente referida y entendida como uno delos elementos o partes esenciales de la responsabilidad civil. En línea de principio, esta afirmación resulta del todo correcta, ya que carecería de sentido imputar una sanción jurídica a un sujeto que actuó, sin que entre su acción y el resultado dañoso medie un nexo causal. Contrasta con la anterior afirmación el hecho de que la mentada relación de causalidad no haya sido estudiada por ladoctrina, salvando honrosas excepciones, con el correlativo entusiasmo1. Pero es que la relación de causalidad reviste la particularidad de pasar completamente inadvertida en determinadas ocasiones, mientras que en otras, reviste una importancia fundamental2. Por su parte, tampoco la jurisprudencia nacional ha explotado significativamente el tema del nexo causal, siendo su análisis en la mayoría de loscasos vacilante y de poca profundidad. De cualquier manera, a efectos de fijar un punto de partida para nuestro comentario, la postura de las Cortes chilenas se puede sintetizar de la siguiente manera: en primer lugar, exige como requisito para atribuir la responsabilidad civil la existencia de un nexo causal3; en segundo, en la mayoría de los casos adscribe y aplica la clásica teoría de laJurisprudencia comentada: “Ariztía Comercial Ltda. con Banco Sudamericano”. Recurso de casación. Materia: Sobre el control de la relación de causalidad mediante el recurso de casación. Disposiciones aplicables: Artículos 1439, 2314, 2330 y 2399 del Código Civil, y 772, 765, 767, y 805 del Código de Procedimiento Civil. Doctrina: La relación de causalidad está compuesta por dos elementos: unonaturalístico, y otro normativo. El elemento normativo encierra elementos y aspectos de derecho y, como tal, es susceptible de ser revisado por la Corte Suprema mediante el recurso de casación en el fondo. (La sentencia a propósito de la cual hice el comentario que aparece a continuación fue publicada en la Gaceta Jurídica, Nº 283, correspondiente al mes de enero del año 2004, pp. 121-137). ** Abogado.Universidad Complutense de Madrid. Doctorando. Pontificia Universidad Católica de Chile 1 En la doctrina chilena no pueden pasarse por alto los estudios sobre causalidad de C ORRAL TALCIANI , Hernán (2004). Del mismo autor (2003). B ARAONA, Jorge (2003) pp. 345 a 379. ARAYA J ASMA, Fernando (2003). DOMÍNGUEZ (2000) pp. 115-127. 2 Cfr. G ERI (1967). A pesar de la complejidad del problema, son varios eimportantes los autores que han señalado la importancia de una correcta conceptualización del problema causal, llegando algunos a convertirlo en la clave del problema de la teoría de la responsabilidad civil. Sobre los distintos problemas causales puede verse, D E CUEVILLAS (2000) pp. 44 y 45. 3 Los sentenciadores chilenos han entendido que el legislador al prescribir: quien “ha inferido daño aotro” –art. 2314 del Código Civil–, o “el que hizo el daño está obligado a la indemnización” –art. 2316–, o “el ebrio es responsable por el daño que cause” –art. 2318–, lo que está haciendo es determinar implícitamen*

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equivalencia decondiciones4; y en tercero, considera la relación causal una simple cuestión de hecho, que por la misma razón, no es susceptible de ser revisada en casación5. Nuestro comentario viene a propósito de una sentencia de la Corte Suprema de Justicia, a la que no le cabe otro calificativo que el de revolucionaria. En efecto, la sentencia que emitió la más alta magistratura chilena el 26 de enero de 2004...
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