Ley agilizacion de tramites
La nueva ley fue recibida con satisfacción, en especial por pequeños y micro empresarios por cuanto esta normativa incluye la gratuidad de las publicaciones de los extractos deaquellas empresas cuyo capital inicial fuere inferior a las 5.000 UF.
Consultado sobre la normativa el abogado especializado en gestión corporativa y empresas Sergio Peralta Morales, explica que esta tiene tres componentes fundamentales
1) Establece la obligación de las Municipalidades de entregar inmediatamente una patente comercial (definitiva o provisoria, según sea el caso) alcontribuyente una vez que este lo hubiere solicitado y cumpla con las condiciones que señala la ley.
2) Establece la obligación del Servicio de Impuestos Internos de autorizar el uso de factura electrónica y “factura de inicio” (nuevo tipo de factura que por esta ley se crea), en forma inmediata al trámite de inicio de actividades, además del timbraje inmediato de otros documentos tributarios comoboletas y guías de despacho.
3) Asimismo, establece que la publicación de los extractos de todas las empresas cuyo capital fuere inferior a 5.000 UF (aproximadamente $100.000.000 de pesos) será gratuito
Estas normas - afirmó el profesional- impulsarán la creación de nuevas empresas en tiempos menores a los acostumbrados, y con costos más bajos para los agricultores , comerciantes y empresarios.-A continuación, la ley:
LEY NÚM. 20.494
AGILIZA TRÁMITES PARA EL INICIO DE ACTIVIDADES DE NUEVAS EMPRESAS
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al
siguiente proyecto de ley,
Proyecto de ley:
"Artículo 1°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el decreto N°
2.385, del Ministerio del Interior, de 1996, que fija el texto refundido, coordinado
ysistematizado del decreto ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales:
1) Modifícase el artículo 26 de la siguiente forma:
a) Reemplázase la primera oración del inciso segundo por el siguiente texto:
"La municipalidad estará obligada a otorgar la patente respectiva en forma
inmediata una vez que el contribuyente hubiere acompañado todos los permisos
requeridos o la municipalidad hubiereverificado por otros medios el cumplimiento de
aquellos, tanto de orden sanitario, como de emplazamiento según las normas de
zonificación del Plan Regulador, de otros permisos que leyes especiales les
exigieren, según sea el caso, y siempre que no sea necesario verificar condiciones
de funcionamiento por parte de la Dirección de Obras de la municipalidad. Sin
perjuicio de lo anterior, tratándosede patentes de profesionales y patentes de
sociedades de profesionales, no se exigirá permiso alguno.".
b) Sustitúyese el inciso quinto por el siguiente:
"Sin perjuicio de lo señalado en el inciso segundo, la municipalidad deberá
otorgar patente provisoria en forma inmediata al contribuyente cuando se cumplan los
siguientes requisitos: a) Emplazamiento según las normas sobre zonificación delPlan Regulador; b) Se acompañe autorización sanitaria, en aquellos casos en que
ésta sea exigida en forma expresa por el decreto con fuerza de ley N° 1, del
Ministerio de Salud, de 1989; c) En el caso de actividades que requieran
autorización sanitaria de aquellas que no se encuentren señaladas en el citado
decreto con fuerza de ley, el contribuyente sólo deberá acreditar haber solicitado
laautorización correspondiente a la Autoridad Sanitaria, y d) Los permisos que
exijan otras leyes especiales, según sea el caso.".
c) Reemplázase el inciso sexto por el siguiente:
"Las municipalidades podrán otorgar patentes provisorias para el ejercicio de
las actividades que deban cumplir con los requisitos señalados en las letras b) y d)
del inciso precedente, sin que sea necesario exigir...
Regístrate para leer el documento completo.