LEY No1376

Páginas: 22 (5314 palabras) Publicado: 5 de septiembre de 2015
LEY No. 1.376/88
ARANCEL DE HONORARIOS DE ABOGADOS Y PROCURADORES
TITULO I
NORMAS GENERALES

Art. 1o. - Los honorarios profesionales de abogados y procuradores matriculados, por trabajos
profesionales realizados en juicios, gestiones administrativas y actuaciones extrajudiciales, cuando
no hubiera contrato escrito, serán fijados de acuerdo con esta ley.
Es nulo el contrato sobre honorariosinferiores a los establecidos en este arancel, como la renuncia
anticipada, total o parcial de los mismos.Art. 2o. - Los honorarios de abogados son libres de gastos realizados en el desempeño de la
gestión profesional. Si la atención de un trabajo requiriera el traslado del profesional fuera de su
sede, serán a cargo del cliente los gastos realizados en traslado y viáticos, en un nivel de acorde
con ladignidad de la profesión.
Los adelantos realizados por el abogado para gastos causídicos deben serle reembolsados por el
cliente.
Art. 3o. - Cuando intervengan varios profesionales representando a una misma parte o persona,
los honorarios se establecerán en conjunto ; si la intervención hubiera sido sucesiva, de ese total
se asignará la parte que corresponda a cada profesional en particular,atendiendo a su
participación proporcional en el caso.
También se hará constar cuál de ellos tiene la dirección o patrocinio de la gestión profesional,
correspondiéndole a éste el doble de honorarios al que ejerciere la procuración.
Art. 4o. - Si los honorarios hubieren de calcularse en base a equivalencias de jornales mínimos, se
entenderá que son los que corresponden a actividades diversas noespecificadas de la capital.
Art. 5o. - La participación ocasional de un abogado en juicio, bastanteando un escrito, asistiendo a
una audiencia judicial o administrativa, o realizando otra diligencia, será regulada por los jueces
atendiendo a la eficacia del trabajo, complejidad del asunto y monto de la cuestión debatida, pero
en ningún caso será menor a tres jornales.
Art. 6o. - Es obligatorio elpatrocinio de abogado en todo asunto propio, judicial o administrativo, la
representación por mandato será por abogado o procurador matriculado.
Ni los jueces o tribunales, ni las autoridades administrativas, darán curso a presentación alguna
que no se ajuste a lo dispuesto en este artículo.
Art. 7o. - El juez no dará trámite a la ejecución o cumplimiento de sentencia ni dispondrá o
autorizará laextracción o transferencia de fondos, el levantamiento de medidas cautelares u otras
similares, sino cuando al pedido se acompañase el recibo de pago de los honorarios del abogado o
procurador de la parte vencedora o del que haya solicitado la medida. El abogado o procurador,
acreedor de esos honorarios, podrá consentir que el juez provea la solicitud sin el cumplimiento de
esta exigencia.
Art. 8o. -Los abogados podrán cobrar honorarios si intervienen personalmente en causa propia,
cuando su oponente hubiera sido condenado en costas. Si para el efecto fueren patrocinados por
otro profesional, se observará la regla establecida en el artículo 3o., última parte.

Art. 9o. - En todos los procesos, el Juez, de oficio, regulará los honorarios al dictar resolución
definitiva, procederá de igual modo,en las cuestiones incidentales.
Art. 10o. - El plazo y la forma de concesión de recursos interpuestos contra la resolución que
regula honorarios, son los mismos que corresponden cuando se recurren de la resolución dictada
en el principal.
Art. 11o. - Los honorarios regulados de acción al profesional para exigir el pago, a su opción. A la
parte condenada en costas o a su mandante. Este últimopodrá repetir de aquella que hubiese
pagado, subrogándose en los derechos del profesional.
Art. 12o. - Si se hubiese pactado una retribución periódica por la prestación permanente de
servicios profesionales, el abogado no percibirá honorarios de su contratante en los casos en que
éste fuera condenado al pago de las costas, salvo que se tratare de asuntos ajenos a aquella
relación.
TÍTULO II
DE LA...
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