leyes premilitar
Artículo 130. Los venezolanos y venezolanas tienen el deber de honrar y defender a la patria, sussímbolos y, valores culturales, resguardar y proteger la soberanía, la nacionalidad, la integridad territorial, la autodeterminación y los intereses de la Nación.
Artículo 33. Laeducación especial estará orientada hacia el logro del máximo desarrollo del individuo [...], facilitando su incorporación a la vida de la comunidad y su contribución al progreso generaldel país. Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto regular la actividad del Estado y la sociedad, en materia de seguridad y defensa integral, en concordancia a los lineamientos,principios y fines constitucionales.
Militar #3 #4 ARTÍCULO 70.- La Instrucción Premilitar tiene por objeto, proporcionar al joven estudiante los conocimientos militaresnecesarios que contribuyan a su formación y capacitación integral.
ARTÍCULO 71.- La Instrucción Premilitar a que se refiere el artículo anterior es obligatoria para los alumnos de los dosúltimos años de educación secundaria o su equivalente en los planteles educacionales, ya sean estos oficiales o privados.
ARTÍCULO 72.- A los fines del cumplimiento de lo dispuestoen el presente Título, los Ministerios de la Defensa y Educación coordinarán la elaboración y ejecución de los programas correspondientes.
ARTÍCULO 73.- La Instrucción Premilitar,no exime del cumplimiento de la obligación de prestación del servicio militar ni de la asistencia a la instrucción prevista en la presente Ley y su Reglamento. Elaborado por:
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