Procesos de adquisición predial
TEMARIO
1. MARCO NORMATIVO
2. PRODUCTOS NECESARIOS PARA INICIAR LA ADQUISICION
3. REGISTROS TOPOGRAFICOS
4. ESTUDIO DE TITULOS
5. AVALUOS
6. GESTIÓN DE COMPRA
7. ENAJENACIÓN VOLUNTARIA
8. EXPROPIACIÓN ADMINISTRATIVA
9. EXPROPIACIÓN JUDICIAL
10. DAÑO EMERGENTE y LUCRO CESANTE
El Instituto de Desarrollo Urbano le recuerda que no requiere de intermediariospara realizar los trámites ante el instituto.
1. MARCO NORMATIVO: En Colombia, existen tres formas básicas de adquisición por motivos de utilidad pública:
• Enajenación voluntaria
• Expropiación por vía judicial
• Expropiación por vía administrativa.
Naturalmente existen otros instrumentos legales por medio de los cuales la administración accede a la titularidad de los derechos de dominioy posesión de inmuebles, Vr. Gr., donación, extinción de dominio, sucesión, etc. No obstante, estas son formas de adquisición que no están asociadas a motivos de interés general por obra pública. Este particular escenario supone entonces la activación por parte del estado de rigurosos criterios de plantación urbana concretados en los denominados planes de ordenamiento territorial.
El Institutode Desarrollo Urbano está sometido a estos parámetros de plantación en materia de vías y movilidad en todas sus formas (Peatonal, vehicular. Etc.), redundando ello en la producción de espacio público sostenible y planificado.
Este particular escenario supone entonces la activación por parte de la administración de rigurosos criterios de plantación urbana concretados en los denominados planes deordenamiento territorial, redundando ello en la producción de espacio público sostenible y planificado. Los procesos y tramites asociados a la adquisición de inmuebles necesarios para la ejecución de obra publicas y/o de interés general, tienen su amparo inicial en el articulo 58 de nuestra Carta Política, según el cual:
Se garantizan la propiedad privada y los demás derechos adquiridos conarreglo a las leyes civiles, los cuales no pueden ser desconocidos ni vulnerados por leyes posteriores. Cuando de la aplicación de una ley expedida por motivos de utilidad pública o interés social, resultaren en conflicto los derechos de los particulares con la necesidad por ella reconocida, el interés privado deberá ceder al interés público o social.
La propiedad es una función social que implicaobligaciones. Como tal, le es inherente una función ecológica. El Estado protegerá y promoverá las formas asociativas y solidarias de propiedad.
Por motivos de utilidad pública o de interés social definidos por el legislador, podrá haber expropiación mediante sentencia judicial e indemnización previa. Esta se fijará consultando los intereses de la comunidad y del afectado. En los casos quedetermine el legislador, dicha expropiación podrá adelantarse por vía administrativa, sujeta a posterior acción contenciosa - administrativa, incluso respecto del precio. (Subraya fuera de texto)”
Esta norma constitucional, tiene desarrollo legal en las Leyes 9ª de 1989 y 388 de 1997, ésta último reglamentado por el Decreto 1420 de 1998 en materia de avaluos comerciales y recientemente fue materia depronunciamiento por parte de la Corte Constitucional a través de la s de sentencia de constitucionalidad No. 4.
Justamente el artículo 58 de la Ley 388 de 1997, destaca cuales son los motivos de UTILIDAD PÚBLICA que pueden generar la adquisición de los inmuebles necesarios para ser afectados a dicha utilidad en los siguientes términos:
Articulo 58. Motivos de utilidad pública. "para efectosde decretar su expropiación y además de los motivos determinados en otras leyes vigentes se declara de utilidad pública o interés social la adquisición de inmuebles para destinarlos a los siguientes fines:
e) Ejecución de programas y proyectos de infraestructura vial y de sistemas de transporte masivo;
Respecto de la oferta de compra, vale precisar que ella deberá estar sustentada en un...
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