proyectos
Administración y Control
Gubernamentales (SAFCO)
20 de julio de 1990
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Capítulo I
Finalidad y ámbito de aplicación
Artículo 1º
La presente Ley regula los sistemas de Administración y de Control de los
Recursos del Estado y su relación con los sistemas nacionales de Planificación e
Inversión Pública, con el objeto de:
a. Programar,organizar, ejecutar y controlar la captación y el uso eficaz y
eficiente de los recursos públicos para el cumplimiento y ajuste oportuno
de las políticas, los programas, la prestación de servicios y los proyectos
del Sector Público;
b. Disponer de información útil, oportuna y confiable asegurando la
razonabilidad de los informes y estados financieros;
c. Lograr que todo servidor público, sindistinción de jerarquía, asuma plena
responsabilidad por sus actos rindiendo cuenta no sólo de los objetivos a
que se destinaron los recursos públicos que le fueron confiados sino
también de la forma y resultado de su aplicación;
d. Desarrollar la capacidad administrativa para impedir o identificar y
comprobar el manejo incorrecto de los recursos del Estado.
Artículo 2º
Los sistemas que seregulan son:
a. Para programar y organizar las actividades:
o Programación de Operaciones
o Organización Administrativa
o Presupuesto
b. Para ejecutar las actividades programadas:
o Administración de Personal
o Administración de Bienes y Servicios
o Tesorería y Crédito Público
o Contabilidad Integrada
c. Para controlar la gestión del Sector Público:
o Control Gubernamental, integrado por elControl Interno y el
Control Externo Posterior
Artículo 3º
Los sistemas de Administración y de Control se aplicarán en todas las entidades
del Sector Público, sin excepción, entendiéndose por tales la Presidencia y
Vicepresidencia de la República, los ministerios, las unidades administrativas de la
Contraloría General de la República y de las Cortes Electorales; el Banco Central
de Bolivia,las Superintendencias de Bancos y de Seguros, las Corporaciones de
Desarrollo y las entidades estatales de intermediación financiera; las Fuerzas
Armadas y de la Policía Nacional; los gobiernos departamentales, las
universidades y las municipalidades; las instituciones, organismos y empresas de
los gobiernos nacional, departamental y local, y toda otra persona jurídica donde el
Estadotenga la mayoría del patrimonio.
Artículo 4º
Los Poderes Legislativo y Judicial aplicarán a sus unidades administrativas las
mismas normas contempladas en la presente Ley, conforme a sus propios
objetivos, planes y políticas, en el marco de la independencia y coordinación de
poderes.
Artículo 5º
Toda persona no comprendida en los artículos 3 y 4, cualquiera sea su naturaleza
jurídica, quereciba recursos del Estado para su inversión o funcionamiento, se
beneficie de subsidios, subvenciones, ventajas o exenciones, o preste servicios
públicos no sujetos a la libre competencia, según la reglamentación y con las
excepciones por cuantía que la misma señale, informará a la entidad pública
competente sobre el destino, forma y resultados del manejo de los recursos y
privilegios públicosy le presentará estados financieros debidamente auditados.
También podrá exigirse opinión calificada e independiente sobre la efectividad de
algunos o todos los sistemas de administración y control que utiliza.
Capítulo II
Sistemas de administración y de control
Artículo 6º
El Sistema de Programación de Operaciones traducirá los objetivos y planes
estratégicos de cada entidad, concordantescon los planes y políticas generados por
el Sistema Nacional de Planificación, en resultados concretos a alcanzar en el corto
y mediano plazo; en tareas específicas a ejecutar; en procedimientos a emplear y
en medios y recursos a utilizar, todo ello en función del tiempo y del espacio. Esta
programación será de carácter integral, incluyendo tanto las operaciones de
funcionamiento como las...
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