Recurso

Páginas: 20 (4832 palabras) Publicado: 3 de enero de 2011
SENTENCIA T-347/94





TEMA: Tutela como mecanismo transitorio por la suspensión del pago de la pensión de vejez por el ISS.





REVOCACIÓN DE ACTO ADMINISTRATIVO


Los actos administrativos deberán ser revocados por los mismos funcionarios que los hayan expedido o por sus inmediatos superiores, de oficio o a petición de parte, cuando se den las causales previstas en el art.69 del C.C.A. esto es, por razones de legitimidad o legalidad - oposición con la Constitución o la ley - o por razones de mérito o conveniencia - cuando no estén conforme con el interés público social o cuando con ellos se cause agravio injustificado a una persona. Cuando se trate de actos de contenido general es admisible su revocabilidad por la administración, sin ninguna limitación,mediante la invocación de las aludidas causales. En cambio, los actos administrativos que reconocen un derecho subjetivo o una situación jurídica particular y concreta en favor de una persona no son revocables sino con el consentimiento escrito y expreso del titular del derecho.



PRESTACIONES ECONOMICAS Y DE SALUD - Suspensión / ACTO ADMINISTRATIVO - Suspensión / JURISDICCION LABORAL / ACCION DETUTELA TRANSITORIA / PRINCIPIO DE FAVORABILIDAD LABORAL



No es lo mismo suspender el pago de una prestación que revocar un acto administrativo en firme que ha reconocido un derecho prestacional. La suspensión a que alude la norma, que es diferente de la suspensión provisional del acto administrativo por la jurisdicción de lo contencioso administrativo, implica la privación temporal y nodefinitiva del derecho prestacional del beneficiario, pues el afectado con la medida bien puede, a través de los recursos gubernativos o en virtud de una acción ante el juez ordinario laboral, luego de agotada la vía gubernativa (arts. 2 y 6 C.P.C.), obtener el restablecimiento de la prestación. Luego del examen cuidadoso del material probatorio que obra en el expediente esta Sala observa querealmente no aparece claro que, como lo afirma el ISS, el actor carezca de derecho para disfrutar de la pensión de vejez, pues al parecer existen algunas cotizaciones hechas por éste que no fueron consideradas por el ISS. Lo anterior, lleva a la Sala a aplicar el principio del art. 53, según el cual debe considerarse la "situación mas favorable al trabajador en caso de duda en la interpretación de lasfuentes formales del derecho" y a preservar, concediendo la tutela como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable, el derecho que tiene el actor a continuar disfrutando de la pensión de vejez mientras el juez ordinario laboral decide en definitiva si tiene derecho o no a la referida pensión; el perjuicio que se le podría causar al actor tiene el carácter de irremediable, porque lano percepción de la pensión puede poner en peligro su derecho a la subsistencia y a la vida.





Santafé de Bogotá, D.C., agosto tres (3) de mil novecientos noventa y cuatro (1994)



La Sala Segunda de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los Magistrados ANTONIO BARRERA CARBONELL, EDUARDO CIFUENTES MUÑOZ Y CARLOS GAVIRIA DIAZ, revisa el proceso de acción de tutelainstaurado por el señor Secundino Andrade Yepes contra el Instituto de Seguros Sociales.





I. ANTECEDENTES.



1. La pretensión.



El señor Secundino Andrade Yepes instauró acción de tutela contra el Instituto de Seguros Sociales, con el fin de obtener la cesación de la vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, petición, vida y seguridad social por parte dedicha entidad.



2. Los hechos.



Expuso como hechos que sustentan su pretensión los siguientes:



1. El Instituto de Seguros Sociales expidió la resolución No. 7613 de noviembre 18 de 1992 mediante la cual se le reconoció una pensión por vejez. Contra dicha resolución interpuso los recursos de reposición y apelación.



2. Debido a la demora de dicho instituto en resolver...
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