registral
Artículo 75.- Definición de inexactitud registral
Se entenderá por inexactitud del Registro todo desacuerdo existente entre lo registrado y la realidadextrarregistral.
Cuando la inexactitud del Registro provenga de error u omisión cometido en algún asiento o partida registral, se rectificará en la forma establecida en el presente Título.
La rectificación delas inexactitudes distintas a las señaladas en el párrafo anterior, se realizará en mérito al título modificatorio que permita concordar lo registrado con la realidad.
Estas discrepancias entre elRegistro y la realidad; es decir la Inexactitud Registral, son clasificadas por el Texto Único Ordenado (TUO) del RGRP en dos categorías: los errores registrales (materiales o de concepto) y lasinexactitudes distintas a estos.
Por errores registrales, se entiende como aquellas inexactitudes que son cometidos por el Registrador al extender el asiento de inscripción. Se caracterizan porqueprovienen de un error u omisión en algún asiento o partida registral durante el proceso de calificación e inscripción de un título, ya sea equivocando datos numéricos, de nombres, etc. (errores materiales);o interpretando deficientemente el contenido y alcances del título y/o de los actos inscribibles contenidos en el (errores de concepto).
Estos errores se rectifican únicamente en mérito al títuloarchivado respectivo; es decir sobre Io establecido en el mismo título que sirven para extender el asiento; en cambio, los errores de concepto si bien también pueden ser rectificados en mérito al...
Regístrate para leer el documento completo.