Sentencia

Páginas: 15 (3718 palabras) Publicado: 23 de noviembre de 2009
Sentencia T-755/98
 
 
PRINCIPIO NO REFORMATIO IN PEJUS-Alcance
 
Siendo la reformatio in pejus una garantía procesal en la que el recurso de apelación interpuesto es estudiado por el juez ad-quem en la medida en que los sujetos procesales lo soliciten, el apelante cuenta con la posibilidad de recurrir la parte de la sentencia que le fue desfavorable y en consecuencia, cuando seaapelante único no puede agravarse su situación, pudiendo en cambio obtener del superior una decisión más favorable o cuando menos conservando la inicialmente impuesta. La prohibición de fallar en mayor perjuicio del apelante único cobija a toda clase de decisiones judiciales, salvo las excepciones que contemple la ley, e impide que el juez de segunda instancia extienda su poder de decisión a aquellosaspectos de la sentencia apelada que no han sido materia de alzada. En síntesis, el principio de la no reformatio in pejus es siempre aplicable para el recurso de apelación, cuando se ostente el carácter de apelante único.
 
PRINCIPIO NO REFORMATIO IN PEJUS-Inoperancia en grado de consulta
 
 
 
Referencia: Expediente T-179627
 Peticionario: José Omar Nieto Morales
 
Magistrado Ponente:
Dr. ANTONIO BARRERA CARBONELL
 
 
Santafé de Bogotá, D.C., diciembre tres (3) de mil novecientos noventa y ocho (1998).
 
La Sala Segunda de Revisión dela Corte Constitucional, integrada por los Magistrados ANTONIO BARRERA CARBONELL, EDUARDO CIFUENTES MUÑOZ y CARLOS GAVIRIA DIAZ, procede a revisar el proceso de tutela promovido por José Omar Nieto Morales contra el Tribunal Nacional, según la competencia de que es titular de conformidad con lo establecido en los artículos 86 y 241-9 de la Constitución Política, en armonía con los artículos 33 a36 del Decreto 2591 de 1991.
 
 
I. ANTECEDENTES.
 
1. Los hechos.
 
1.1. José Omar Nieto Morales, actualmente recluído en la cárcel del Distrito Judicial de Manizales, fue enjuiciado y condenado en primera instancia por un Juzgado Regional de Medellín, mediante sentencia del 21 de julio de 1997 a las penas principales de 7 años de prisión y 12 salarios mínimos legales mensuales de multa,más las accesorias de rigor.
 
1.2. Inconforme con la decisión del a-quo, el demandante impugnó la sentencia como apelante único.
 
1.3. El Tribunal Nacional confirmó la sentencia condenatoria de primera instancia, pero modificando el monto sancionatorio, aumentándolo en 1 año más de prisión, para un total de 8 años y, en 18 salarios mínimos legales mensuales de multa, para un total de 30.
 1.4. El demandante considera que el Tribunal Nacional, le ha violado su derecho fundamental al debido proceso por la no aplicación del principio de la “no reformatio in pejus” y la consecuente imposición de una pena mayor a la impuesta por el juez de primera instancia, vulnerando con ello el art. 31 de la Constitución en cuanto éste dispone que el superior no puede agravar la pena cuando elcondenado sea apelante único.
 
2. La pretensión.
 
Con fundamento en los hechos expuestos, el demandante solicita se revoque la sentencia de segunda instancia proferida por el Tribunal Nacional el 5 de enero de 1998, para que en su lugar se profiera “un proveído acorde y justo”.
 
 
II. ACTUACIÓN PROCESAL.
 
1. Primera instancia.
 
El Juzgado Cuarenta y Cuatro Penal del Circuito de Santafé deBogotá, mediante sentencia del 26 de junio de 1998 declaró improcedente la acción de tutela instaurada, con fundamento en las siguientes consideraciones:
 
- “No le asiste razón al peticionario, cuando anota que el Tribunal Nacional no podía agravar la pena impuesta en primera instancia por ser apelante único, teniendo en cuenta la entidad del delito por el que se procede y la calidad del...
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