Sistema penal acusatorio
En la presente lectura sobre la reforma del art. 20 constitucional y la aplicación del nuevo sistema de juicio oral. Esta reforma proviene de un fenómeno social, unproblema para la impartición de justicia, para que deje de ser un proceso largo y costoso, y continúe la desigualdad entre las partes, ya que la que cuente con más recursos para sostener un juicio largo,vulnera a las más débil económicamente. Al igual que esta nueva propuesta recoge buena parte de los instrumentos que han probado su eficacia en otras latitudes (un régimen especial para enfrentar a ladelincuencia organizada, un sistema procesal acusatorio y una definición clara de facultades institucionales) y garantiza el respeto a los derechos humanos.
Así mismo hay que vencer laresistencia de algunos jueces, promotores de los derechos humanos, académicos, abogados postulantes y muchos delincuentes que, al ver afectados sus intereses, hacen alusión que existen contradicción en lareforma del art. 20 constitucional y la aplicación del nuevo sistema de juicio oral. (La Mafia que hay dentro de los Juzgados, organizaciones y terceros) que son los más afectados
Ya que los juicioslargos pueden favorecer a los abogados y burocracia de los juzgados, pero no al enjuiciado a la misma victima y a la sociedad. Porque lo que más corrompe y genera inseguridad en un sistema judicial esque el proceso sea largo, entre mas dilate un proceso mas se corrompe y crea inseguridad jurídica para la sociedad, la victima y el imputado. El objetivo primordial del modelo acusatorio es minimizar elsufrimiento a la victima fu ofendido, así darle al imputado un debido proceso y al los ciudadanos, evitarle el un gasto económico excesivo para el proceso. Buscando que en el periodo de preparación ajuicio quede resuelto el caso.
Algunos promotores de los Derechos Humanos.-. Cuando un servidor público, en uso de sus facultades, conculca las garantías de un miembro o de un grupo de la...
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