Código procesal penal de costa rica

Páginas: 248 (61871 palabras) Publicado: 26 de julio de 2010
Leyes, Decretos y Reglamentos
Actualizado hasta el: 27/11/2009

Código Procesal Penal No. 7594

 
CÓDIGO PROCESAL PENAL
Ley No. 7594 de 10 de abril de 1996
Publicado en Alcance No. 31 a La Gaceta No.106 de 4 de junio de 1996
Vigente a partir del 1 de enero de 1998
 

ULTIMAS REFORMAS:
* Ley No. 8720 de 4 de marzo del 2009. La Gaceta No. 77 de 22 de abril del 2009.
* Ley No.8696 de 17 de diciembre del 2008. Alcance No. 55 a La Gaceta No. 248 de 23 de diciembre del 2008.
* Ley No. 8590 de 18 de julio del 2007. La Gaceta No. 166 de 30 de agosto del 2007.
* Ley No. 8589 de 25 de abril del 2007. La Gaceta No. 103 de 30 de mayo del 2007.
* Ley No. 8503 de 28 de abril del 2006. La Gaceta No. 108 de 6 de junio del 2006.
* Ley No. 8242 de 9 de abril del2002. La Gaceta No. 83 de 2 de mayo del 2002
* Ley No. 8146 de 30 de octubre del 2001. La Gaceta No. 227 de 26 de noviembre del 2001
* Ley de Reorganización Judicial No. 7728 de 15 de diciembre de 1997. Alcance No. 61 a La Gaceta No. 249 de 26 de diciembre de 1997
* Ley No. 7654 de 19 de diciembre de 1996. La Gaceta No. 16 de 23 de enero de 1997
 
 
 
 
 
»Nombre de la norma:Código Procesal Penal
»Número de la norma: 7594

Código Procesal Penal No. 7594Primera Parte
Parte General
Libro preliminar.Disposiciones generales
Título I.Principios y garantías procesales
Artículo 1.- Principio de legalidad

Artículo 1.- Principio de legalidad
Nadie podrá ser condenado a una pena ni sometido a una medida de seguridad, sino en virtud de un proceso tramitado conarreglo a este Código y con observancia estricta de las garantías, las facultades y los derechos previstos para las personas.
La inobservancia de una regla de garantía establecida en favor del imputado no podrá hacerse valer en su perjuicio.

Código Procesal Penal No. 7594Primera ParteParte GeneralLibro preliminar.Disposiciones generalesTítulo I.Principios y garantías procesalesArtículo 2.- Regla deinterpretación

Artículo 2.- Regla de interpretación
Deberán interpretarse restrictivamente las disposiciones legales que coarten la libertad personal o limiten el ejercicio de un poder o derecho conferido a los sujetos del proceso. En esta materia, se prohíben la interpretación extensiva y la analogía mientras no favorezcan la libertad del imputado ni el ejercicio de una facultad conferida aquienes intervienen en el procedimiento.

Código Procesal Penal No. 7594Primera ParteParte GeneralLibro preliminar.Disposiciones generalesTítulo I.Principios y garantías procesalesArtículo 3.- Juez natural

Artículo 3.- Juez natural
Nadie podrá ser juzgado por jueces designados especialmente para el caso.
La potestad de aplicar la ley penal corresponderá sólo a los tribunales ordinarios,instituidos conforme a la Constitución y la ley.

Código Procesal Penal No. 7594Primera ParteParte GeneralLibro preliminar.Disposiciones generalesTítulo I.Principios y garantías procesalesArtículo 4.- Justicia pronta

Artículo 4.- Justicia pronta
Toda persona tendrá derecho a una decisión judicial definitiva en un plazo razonable.

Código Procesal Penal No. 7594Primera ParteParteGeneralLibro preliminar.Disposiciones generalesTítulo I.Principios y garantías procesalesArtículo 5.- Independencia

Artículo 5.- Independencia
Los jueces sólo están sometidos a la Constitución, el Derecho Internacional y Comunitario vigentes en Costa Rica y a la ley.
En su función de juzgar, los jueces son independientes de todos los miembros de los poderes del Estado.
Por ningún motivo, los otrosórganos del Estado podrán arrogarse el juzgamiento de las causas, ni la reapertura de las terminadas por decisión firme; tampoco podrán interferir en el desarrollo del procedimiento. Deberán cumplir y hacer cumplir lo dispuesto por los jueces, conforme a lo resuelto.
En caso de interferencia en el ejercicio de su función, el juez deberá informar a la Corte Suprema de Justicia sobre los hechos...
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