caballero de la armadura oxidada
Los Prestadores de Servicios Turisticos que se dediquen a la actividad de Alojamiento deben cumplir con el Reglamento Parcial de la LeyOrgánica de Turismo sobre Establecimientos de Alojamiento Turístico, publicado en Gaceta Oficial Nº 36.607, de fecha 21-12-1998. Los Prestadores de Servicios Turísticos, que se dediquen a la actividad deAgencias de Viajes y Turismo, deberán cumplir con el Reglamento sobre Agencias de Viajes y Turismo, públicado en Gaceta Oficial Nº 5.293, de fecha 26-01-1999. Los Prestadores de Servicios Turísticosincorporados al Registro Turístico Nacional (RTN), deberán actualizar los datos previstos en la presente resolución, cada vez que se realicen modificaciones en alguno de ellos. El número de RegistroTurístico Nacional (RTN) que se asigne al Prestador de Servicio Turístico, será único, exclusivo y excluyente, de carácter permanente, personal e intransferible y de uso obligatorio en cualquierdocumento, solicitud, trámite, petición o actuación que se presente o realice ante el Ministrerio del Poder Popular para el Turismo y sus Organismos Adscritos, así como en las declaraciones u otros documentosequivalentes que presente o emita el Prestador o Prestadora del Servicio Turistico.
Recaudos:
Las personas jurídicas cuya actividad principal esté orientada a la prestación de serviciosturísticos deberán formalizar su inscripción en el Registro Turístico Nacional (RTN) consignando ante el MINTUR o los Fondos Mixtos según corresponda, los documentos que se señalan a continuación:
1.- Tres(3) impresiones de la Solicitud de Inscripción
2.- Fotocopia legible y visible de la cédula de identidad del o los representante legal o legales de la empresa, los cuales deben estar autorizadosmediante Acta de Asamblea.
3.- Fotocopia legible y visible de la cédula de identidad de todos los accionistas de la empresa.
4.- Fotocopia legible del Acta Constitutiva y Estatutos Sociales, así...
Regístrate para leer el documento completo.