Derecho mercantil
En la legislación de la Sociedad Anónimarenovada del año 2010 nos dice que para poder realizar modificaciones en los estatutos de la sociedad hay que realizar una serie de requisitos.
Para realizaruna modificación, en este caso, nos centraremos en el Título VIII, Capítulo I, Sección 1ª, denominada Disposiciones Generales, de la ley de sociedades de capital.Esta sección, nos dice que cualquier modificación de los estatutos será competencia de la Junta General. Los administradores y socios que hayan propuesto lasmodificaciones deberán redactar un texto íntegro incluyéndolas y deberán redactar también un informe escrito con justificación de la misma. Este último punto esobligatorio solo en las sociedades anónimas. Estos textos deberán ser claros y precisos, y los socios podrán pedir gratuitamente el envío de dichos documentos, para poderexaminarlos.
Cuando las modificaciones impliquen nuevas obligaciones para los socios deberán adoptarse con el consentimiento de los afectados.
El acuerdo de lasmodificaciones en los estatutos sociales se adoptará conforme a lo dispuesto en los artículos 194 y 201 de esta ley, que se harán constar en escritura pública y seinscribirán en el Registro Mercantil, y a continuación serán publicadas en el B.O.R.M.E.
Para realizar un aumento del capital social en doce millones de euros,
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