El artículo 38 de la ley de migración exonera el pago económico a los ciudadanos haitianos ingresados al ecuador hasta el 31 de enero del 2010.
Los pagos realizados por los ciudadanos haitianos al entrar a Ecuador como la visa y multas en situación de irregularidad y trámitede regularización, se rembolsaran con los respectivos comprobantes de pago a los que hayan ingresado antes del 31 de enero del 2010. Al igual, se reconocerá a la familia de estaspersonas hasta el tercer grado de consanguineidad de acuerdo a la legislación ecuatoriana vigente, y se sustentara con la documentación certificada por la autoridad competente.El artículo 38 de la Ley de Migración establece que: “ En la forma que se ejerce la acción penal pública para las infracciones que constituyen contravenciones de policía de cuartaclase, será reprimida con multa de doscientos a dos mil dólares de los Estados Unidos de América, a la persona cuya acción u omisión quebrante las obligaciones, deberes oresponsabilidades que le imponen las normas legales y reglamentarias de extranjería o migración, en materia que no constituya delito o que dichas leyes no sancionen con otra pena”.
Daday presentada en el sede de la Asamblea Nacional del Ecuador por el presidente de la asamblea, Fernando Cordero Cueva y el Dr. Francisco Vergara, secretario general, esta ley seencuentra en aprobación de vetos u objeciones ,remitidos al ejecutivo. Se encuentra ubicada en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia Pichincha, el 11 de marzo del 2010.
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