El divorcio y la violencia familiar en chihuahua
En estos caso, no hay duda alguna que lo mejor es optar por un divorcio, y acudir ante las autoridades para ejercer sus derechos y la protección de su persona e hijos, ahora bien, el divorcio es una opción que se debe analizar detalladamente, y una vez que se determine que no hay otra opción para que terminen las agresiones,las cuales están afectando a los intereses de uno mismo y de sus hijos, y además de que el ambiente familiar es de tormentos, donde imperan golpes, discusiones, fricciones, etc, se debe acudir inmediatamente a un buen consejero jurídico y/o a las autoridades competentes para proceder en primer término proteger a los miembro de una familia y después al divorcio mismo.
En este orden de ideas,me permito a ustedes informarles que existen diversos acciones y medios legales para enfrentar de manera seria, objetiva y sobre todo con el propósito de proteger de la mejor manera los intereses del cónyuge víctima y de sus hijos, los cuales se pueden ejercer ante un juzgado por medio de su abogado o representante legal. En esta ocasión voy hablar de que se puede hacer y como de debe hacer en elcaso de solicitar un divorcio donde se ejerza violencia familiar, mi opinión va ha estar debidamente fundada en las leyes del Estado de Chihuahua, pero hago la aclaración de que en toda la República Mexicana existen por regla general las mismas defensas y acciones legales, y por tales motivos los consejos que en esta ocasión abordaremos, servirá para cualquier lector de la República Mexicana.Que debemos entender por violencia familiar?, en el segundo párrafo del articulo 300 ter, del Código Civil del Estado de Chihuahua, establece que: "Por violencia familiar se entiende cualquier acción u omisión que puede causarle la muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico que tenga lugar dentro de la familia o unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal, ya sea quela o el agresor comparta o haya compartido en el mismo domicilio que el o la agredida.", ahora bien, el legislador en este supuesto de violencia, protege al integrante de la familia no solo en la hipotesis de la acción del agresor, esto es cuando se exterioriza una conducta lesiva o dañina por el actor de la conducta al agredido, con el fin de causarle la muerte, daño o sufrimiento, también...
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