Esclavitud
Nacimiento: de madre esclava al momento del nacimiento.
Cautividad de guerra: era la más importante captivitas. Los extranjeros prisioneros de Roma pasaban a manosdelEstado, que los usaba para servicios públicos, ejército o venta a particulares.
Condena penal: penas graves.
Disposición especial de la ley: falta de pago de impuestos, eludir el servicio dearmas, sustraerse al censo, desertar elEjército o cometer hurto.
Formas de liberación
Manumisión: es una figura jurídica del Derecho romano en la que se libera a un esclavo del dominuis. Se es libreyciudadano. Manus: poder. (Missio: salir.)1. Mayor:
Manumisio vindicta: se actúa frente el magistrado (pretor, cónsul o gobernador) con el consentimiento del dominus.Es un juicio fingido donde sedeclara la libertad del esclavo.
Manumisio censo: se le registra en el censo como libre, con el consentimiento del dueño.
Manumisio testamento: de forma directa o indirecta (por causa delheredero del dominus). Testamenti factio (pasivao condicionada o activa)
Ante la iglesia2. Menor o pretoria:
P
ermensam: si lo sentaban junto con el pater.
Inter amicos: los amigos deldominus declaraban que había liberado al esclavo.
Epistulum: el pretor lo defiende ante la existencia de una carta de libertad.
Otras formas de adquisición de la libertad: declarados libres porel gobierno quienes tuvieran conducta benemérita,descubrieran y denunciaran conspiraciones o delitos, cuando no se cumplan las condiciones de su venta. En el DerechoJustiniano cualquier manumisiónimplicaba libertad y ciudadanía. Augusto puso un coto a la libertad de manumnitircomo política protectora de la romanidad: 20 años para manumitir, 30 para ser manumitido. No más de 100 esclavos.
Patronato: figura jurídica que regula la relación entre el libertinus (manumitido o libertado) y su patronus (quien fuedominus). El liberto debe respetar al patrono como padre. Los descendientes del...
Regístrate para leer el documento completo.