Interes superior del niño
En nuestro ordenamiento jurídico se entiende por alimentos lo que es indispensable para el sustento, vestido y asistencia médica, pues en elpresente artículo voy a tratar sobre el caso cuando el alimentista sea menor de edad, este derecho de recibir alimentos se puede reclamar vía Proceso Sumarísimo o Proceso Único, en el último prima elinterés superior del niño.
El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe, a los padres. Elniño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán porpromover el goce de este derecho.
El interés superior del niño representa el respeto a la dignidad humana del niño y adolescente, así como la búsqueda de su máximo bienestar posible, casi siempre relegadoa un segundo plano frente a los conflictos de los adultos.
En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, lasautoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño.
La Convención sobre los Derechos del Niño aprobada por la ONU en1989 y ratificada por el Perú en 1990 declara el Principio del Interés Superior del Niño, que significa que cualquier medida que se tome a nivel público o privado deberá contemplar en primer lugar elcuidado de que no dañe ni ponga en riesgo el cumplimiento de ningún derecho de niñas, niños y adolescentes.
La normatividad nacional e internacional tienen un nivel de avance importante y tal comoestán, harían posible que millones de niñas, niños y adolescentes estén protegidos efectivamente en sus derechos básicos como el derecho a la vida, la integridad, la seguridad de su persona, entre...
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