La administracion
(Publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de 2006, actualizadas con las modificaciones publicadas en el propio Diario el 18 de enero y el 11 de agosto de 2008).DISPOSICIONES DE CARACTER GENERAL APLICABLES A LAS ENTIDADES
DE AHORRO Y CREDITO POPULAR Y ORGANISMOS DE INTEGRACION
A QUE SE REFIERE LA LEY DE AHORRO Y CREDITO POPULAR
CONSIDERANDO
Que resulta necesario proporcionar a los integrantes del Sistema de Ahorro y Crédito Popular, un instrumento que facilite la consulta, aplicación y cumplimiento de las disposiciones de carácter general que enmateria de Ahorro y Crédito Popular ha emitido esta Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en relación con la organización, funcionamiento y operación de las Entidades y Organismos de Integración a que se refiere la Ley de Ahorro y Crédito Popular, sistematizando su integración y homologando la terminología utilizada, a fin de brindar con ello certeza jurídica en cuanto al marco normativo, estaComisión ha determinado expedir las siguientes:
INDICE
TITULO PRIMERO
Definiciones
TITULO SEGUNDO
De la organización de las Entidades y Organismos de Integración
Capítulo I
De la documentación adicional que deberán acompañar a su solicitud de autorización y de los requisitos adicionales de los Consejeros y diversos funcionarios, así como de la integración de sus expedientes
SecciónPrimera
De la documentación adicional que deberán acompañar a su solicitud de autorización
Sección Segunda
De los requisitos adicionales de los Consejeros y diversos funcionarios, así como de la integración de
sus expedientes
Capítulo II
De los Consejeros independientes
TITULO TERCERO
De las operaciones de las Entidades
Capítulo I
De la asignación del Nivel de OperacionesCapítulo II
De las Operaciones que podrán realizar las Entidades
Sección Primera
De las características de las operaciones pasivas
Sección Segunda
De las características de las operaciones activas
Sección Tercera
De las características de las operaciones de servicios
Sección Cuarta
Disposición final
TITULO CUARTO
Del funcionamiento de las Entidades
Capítulo I
De las personasrelacionadas y nexos patrimoniales
Capítulo II
De los préstamos de liquidez
Capítulo III
De la regulación prudencial
Sección Primera
(1) De la regulación prudencial para las Entidades de Ahorro y Crédito Popular con activos iguales o inferiores a 7’000,000 UDIS
Sección Segunda
(1) De la regulación prudencial para las Entidades de Ahorro y Crédito Popular con activos superiores a7’000,000 e iguales o inferiores a 50’000,000 UDIS
Sección Tercera
(1) De la regulación prudencial para las Entidades de Ahorro y Crédito Popular con activos superiores
a 50’000,000 e iguales o inferiores a 280’000,000 UDIS
Sección Cuarta
De la regulación prudencial para las Entidades de Ahorro y Crédito Popular con activos superiores a 280’000,000 UDIS
Capítulo IV
De las provisionespreventivas adicionales
Capítulo V
De la contabilidad y las bases para la formulación, presentación y publicación de los estados financieros
Sección Primera
(1) De las Entidades con activos iguales o inferiores a 7’000,000 UDIS
Sección Segunda
(1) De las Entidades con activos superiores a 7’000,000 UDIS
Capítulo VI
De los auditores externos
Sección Primera
Objeto y requisitos quedeberán cumplir los auditores externos
Sección Segunda
De la independencia y calidad de los auditores externos
Sección tercera
De la auditoría externa
Sección Cuarta
De los informes, opiniones y comunicados de auditoría externa
Capítulo VII
Del manejo y conservación de la información
Sección Primera
Disposiciones Generales
Sección Segunda
De la microfilmación
Sección...
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