Mar adentro
Siendo el día 26 del mes de mayo del año 2010, en Montería (Córdoba), se suscribe contrato de arrendamiento de bien inmueble destinado a vivienda, entreFIDEL CARMELO PANTOJA LOPEZ, identificado con cedula de ciudadanía No. 1.073.811.479 expedida en San Pelayo, quien para estos efectos se denomina ARRENDADOR, y MARLENIS DEL CARMEN PEREIRA ANAYA,identificada con cedula de ciudadanía No. 50.892.497 expedida en Montería, y JOSE LUIS BEDOYA AVILEZ, identificado con cedula de ciudadanía No. Expedida en la ciudad de,en calidad de ARRENDATARIOS; serán fiadores de los ARRENDATARIOS en mención en el presente contrato de arrendamiento, los señores MARIANA ANAYA DE PEREIRA y ROBERTO TORRES PEREIR,identificados al pie de su correspondiente firma. El presente contrato se regirá por las disposiciones civiles y las cláusulas que a continuación seenuncian====================================================================Primera. Objeto.-En virtud del presente contrato el ARRENDADOR entrega en arrendamiento a los ARRENDATARIOS, concediéndole su uso y goce, de una pieza de habitación, ubicada enla calle 37 No. 7 – 35. Segunda. Valor del arrendamiento.-El valor del arrendamiento se fija en la suma de ciento sesenta mil pesos ($160.000.00) mensuales, suma que será pagadera anticipadamente enel domicilio del arrendador, los días de cada mes. Tercera. Duración del contrato.-La duración del presente contrato será de 06 meses, vencida la cual se prorrogará automática y sucesivamentepor períodos iguales al inicialmente pactado, si ninguna de las partes comunica por escrito a la otra su intención de no prorrogar el contrato, por lo menos un mes de antelación al vencimiento deltérmino inicial o de sus prorrogas.
Cuarta. Estado de los bienes.-El ARRENDADOR hará entrega del bien objeto de presente contrato en perfectas condiciones de operación y funcionamiento, en virtud de lo...
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