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Norma de Contabilidad 2 NC 2 Inventarios
OBJETIVO 1 ALCANCE DEFINICIONES MEDICION DE LOS INVENTARIOS COSTOS DE LOS INVENTARIOS
Costos de adquisición Costos de transformación Otros costos Costo de los inventarios para un prestador de servicios Costo de los productos agrícolas recolectados de activos biológicos Técnicas de medición del costo Fórmulas del cálculo del Costo Valor neto realizable
25 68 933 1022 11 1214 1518 19 20 2122 2327 2833 3435 3639 40 4142
RECONOCIMIENTO COMO UN GASTO INFORMACIÓN A REVELAR FECHA DE VIGENCIA DEROGACIÓN DE OTROS PRONUNCIAMIENTOS
Norma de Contabilidad 2 NC 2 Inventarios Objetivo
1 El objetivo de esta Norma es establecer el tratamiento contable de los inventarios. Un tema fundamental en la contabilidad de los inventarios es la cantidad de costo que debe reconocerse como un activo, para que sea diferido hasta que los ingresos correspondientes sean reconocidos. Esta Norma suministra una guía práctica para la determinación de ese costo, así como para el subsiguiente reconocimiento como un gasto del periodo, incluyendo también cualquier deterioro que rebaje el importe en libros al valor neto realizable. También suministra directrices sobre las fórmulas del costo que se usan para atribuir costos a los inventarios.
Alcance
2 Esta Nor ma es de aplicación a todos los inventarios, excepto a: (a) las obras en curso, r esultantes de contr atos de constr ucción, incluyendo los contr atos de ser vicios directamente r elacionados (véase la NC 11 Contratos de Construcción ); (b) los instr umentos financier os (véase NIC 32 Instrumentos Financieros: Presentación y NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición ); y (c) los activos biológicos relacionados con la actividad agrícola y pr oductos agrícolas en el punto de cosecha o r ecolección (véase la NC 41 Agricultura ). 3 Esta Nor ma no es de aplicación en la medición de los inventar ios mantenidos por: (a) Pr oductor es de pr oductos agr ícolas y for estales, de pr oductos agr ícolas tras la cosecha o r ecolección, de minerales y de pr oductos miner ales, siempr e que sean medidos por su valor neto realizable, de acuerdo con pr ácticas bien consolidadas en esos sector es. En el caso de que esos inventar ios se midan al valor neto r ealizable, los cambios en este valor se r econocer án en el r esultado del per iodo en que se pr oduzcan dichos cambios.
1 (b) Inter mediarios que comer cian con materias pr imas cotizadas , siempr e que midan sus inventarios al valor r azonable menos costos de venta. En el caso de que esos inventarios se lleven al valor r azonable menos costos de venta, los cambios en el impor te del valor r azonable menos costos de venta se r econocer án en el r esultado del periodo en que se pr oduzcan dichos cambios.
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Los inventarios a que se ha hecho referencia en el apartado (a) del párrafo 3 se miden por su valor neto realizable en ciertas fases de la producción. Ello ocurre, por ejemplo, cuando se han recogido las cosechas agrícolas o se han extraído los minerales, siempre que su venta esté asegurada por un contrato a plazo sea cual fuere su tipo o esté garantizada por el gobierno, o bien cuando existe un mercado activo y el riesgo de fracasar en la venta sea mínimo. Esos inventarios se excluyen únicamente de los requerimientos de medición establecidos en esta Norma. Los intermediarios que comercian son aquéllos que compran o venden materias primas cotizadas por cuenta propia, o bien por cuenta de terceros. Los inventarios a que se ha hecho referencia en el apartado (b) del párrafo 3 ...
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