Obligaciones para los agapes en el ietu
PERSONAS OBLIGADOS AL PAGO DEL IMPUESTO
Artículo 1. Están obligadas al pago del impuesto empresarial a tasa única, las personas físicas y las morales residentes en territorio nacional, así como los residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país, por los ingresos que obtengan, independientemente del lugar en donde se generen,por la realización de las siguientes actividades:
I. Enajenación de bienes.
II. Prestación de servicios independientes.
III. Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.
Los residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país están obligados al pago del impuesto empresarial a tasa única por los ingresos atribuibles a dicho establecimiento, derivados de lasmencionadas actividades.
El impuesto empresarial a tasa única se calcula aplicando la tasa del 17.5% a la cantidad que resulte de disminuir de la totalidad de los ingresos percibidos por las actividades a que se refiere este artículo, las deducciones autorizadas en esta Ley.
EXEPCIONES AL PAGO DEL IETU
Artículo 4. No se pagará el impuesto empresarial a tasa única por los siguientes ingresos:IV. Los que perciban las personas físicas y morales, provenientes de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, que se encuentren exentos del pago del impuesto sobre la renta en los mismos términos y límites establecidos en los artículos 81, último párrafo y 109, fracción XXVII de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
EXEPCIÓN PARA PERSONASMORALES
Artículo 81. Las personas morales a que se refiere este Capítulo cumplirán, con las obligaciones establecidas en esta Ley, aplicando al efecto lo dispuesto en la Sección I del Capítulo II del Título IV de esta Ley, de acuerdo a lo siguiente:
Las personas morales que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, no pagarán el impuesto sobre larenta por los ingresos provenientes de dichas actividades hasta por un monto, en el ejercicio, de veinte veces el salario mínimo general correspondiente al área geográfica del contribuyente, elevado al año, por cada uno de sus socios o asociados siempre que no exceda, en su totalidad, de 200 veces el salario mínimo general correspondiente al área geográfica del Distrito Federal, elevado al año.Tratándose de ejidos y comunidades, no será aplicable el límite de 200 veces el salario mínimo. En el caso de las personas físicas quedarán a lo dispuesto en el artículo 109 fracción XXVII de la presente Ley. Las personas morales a que se refiere este párrafo, podrán adicionar al saldo de su cuenta de utilidad fiscal neta del ejercicio de que se trate, la utilidad que corresponda a los ingresosexentos; para determinar dicha utilidad se multiplicará el ingreso exento que corresponda al contribuyente por el coeficiente de utilidad del ejercicio, calculado conforme a lo dispuesto en el artículo 14 de esta Ley.
Calcular los ingresos exentos de la Nopalera SA de CV
Cuenta con 12 Socios Exentos 20 días por socio
No exceder 200 SMG elevado al año en el DF
Salario MínimoGeneral DF
SMG DF Días Ingreso exento Días permitidos Ingresos exentos Numero de Total ingresos
elevado al año por socio por socio socios
$ 57.46 365 $ 20,972.90 20 $ 419,458.00 12 $ 5,033,496.00
Ingresos exentos
según art. 81 ultimo párrafo
SMG DF Días Ingreso exento Días permitidos Ingresos exentos Numero de Totalingresos
elevado al año por socio por socio socios
$ 57.46 365 $ 20,972.90 20 $ 419,458.00 10 $ 4,194,580.00
Total de Ingresos $ 5,033,496.00
Total de Ingresos Exentos $ 4,194,580.00
Total de Ingresos Gravados $ 838,916.00
Excepción para personas físicas
Artículo 109. No se pagará el impuesto...
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