Plan de investigación
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y SOCIALES
MAESTRIA EN DERECHO TRIBUTARIO FINANCIERO
PLAN DE INVESTIGACION
POSIBLE INCOSTITUCIONALIDAD DLl PAGO DE IMPUESTO SOBRE INGRESOS Y NO SOBRE LA RENTA
Trabajo Presentado por:
José Luis Cabria Cabria
Carné: 503-11-18172
Guatemala, Agosto de 2011AUTORIDADES SUPERIORES
UNIVERSIDAD MARIANO GÁLVEZ DE GUATEMALA
RECTOR: Dr. Álvaro Rolando Torres Moss
SECRETARIA GENERAL: Dra. Ruby Santizo de Hernández
VICERECTOR ACADÉMICO: Dr. Ricardo Alfonso San José Álvarez
VICERECTORA ACADÉMICA: MBA Rosa Eunice Santizo Rosales
VICERECTOR DE INVESTIGACIÓN: M.Sc. Rolando Estuardo Torres SalazarAUTORIDADES DE LA FACULTAD
DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES
DECANA: M.A. Mireya Barrera Morales
DIRECTORA GENERAL DE MAESTRÍAS: M.A. Mirna Lubet Valenzuela Rivera
DOCENTE: Dr. Mario René Mancilla Barillas
INDICE
Pagina
Contexto del Problema 5
Definición y Formulación del Problema 6
Marco Teórico 7Hipótesis 8
Delimitación del Problema 8
Justificación 8
Supuestos 9
Variables 9
Metodología 10
Estimación de Recursos 10
Cronograma 10
Referencias Bibliográficas 11
CONTEXTO DEL PROBLEMA
El Estado de la República de Guatemala ha dejadode percibir ingresos por concepto de tributos, tanto directos como indirectos. Esta merma en los ingresos en parte y según los mismos funcionarios de la Administración Pública se debe a que muchas empresas no declaran sus Rentas reales, incrementando sus Costos y Gastos con lo cual generan pérdidas irreales.
Por medio del artículo 13 del Decreto 18-04 del Congreso de la República fecha12-12-2011, se modificó el Decreto 26-92 Ley del Impuesto Sobre la Renta, entre otros cambios se adicionó la literal “j” del artículo 39 la cual literalmente dice:
“A partir del primer período de imposición ordinario inmediato siguiente al de inicio de actividades, el monto de costos y gastos del período que exceda al noventa y siete por ciento (97%) del total de los ingresos gravados. Este montoexcedente podrá ser trasladado exclusivamente al período fiscal siguiente, para efectos de su deducción.
Esta disposición no será aplicable a los contribuyentes que, a partir de la vigencia de esta ley, tuvieren pérdidas durante dos periodos de liquidación definitiva anual consecutivos o que tengan un margen bruto inferior al cuatro por ciento (4%) del total de sus ingresos gravados.Para que no les sea aplicable esta disposición en el período impositivo en curso, los contribuyentes a que se refiere el párrafo anterior deberán, como mínimo dos meses previo a que venza el plazo para la presentación de la declaración jurada anual y los anexos a que se hace referencia el artículo 54 de la presente ley, informar a la Administración Tributaria, mediante declaración jurada prestadaante notario, de su circunstancia particular. La Administración Tributaria podrá realizar las verificaciones que estime pertinentes.
Para efectos de la aplicación del párrafo anterior, se entiende como margen bruto a la sumatoria del total de ingresos por servicios prestados más la diferencia entre el total de ventas y su respectivo costo de ventas”.
La misma Ley establece que el Objetode ésta es grabar la Renta que obtengan las personas individuales o jurídicas, que obtenga rentas en el país[1]. Así también que para determinar la Renta Imponible (Afecta al Impuesto), se deben deducir los costos y gastos necesarios para producir o conservar la fuente productora de esta Renta[2].
DEFINICIÓN Y FORMULACION DEL PROBLEMA A INVESTIGAR
El incremento que ha tenido en términos...
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