Quebranto de cartera

Páginas: 5 (1246 palabras) Publicado: 23 de diciembre de 2011
PARA QUEBRANTO DE CARTERA

El fundamento para considerar como una deducción autorizada para efectos de la Ley del Impuesto sobre la Renta los créditos incobrables se encuentra en el Artículo 31 fracción XVI de la LISR, así como en los Criterios Normativos del SAT CNN 52/2011/ISR, así mismo se debe reforzar con lo siguiente:

-Expediente del acreditado
-Bitácora de cobranza
-Informe delGerente de Cobranza en el cual emite opinión sobre su incobrabilidad dirigida al director o gerente general
-En su caso copia de la demanda
-Acuerdo de consejo en la cual autorizan el quebranto de cartera.

Requisitos según la ley:

- créditos contratados con el público en general
- Cuya suerte principal al día de su vencimiento se encuentre entre cinco mil
pesos y treinta mil unidades deinversión
- Plazo de un año contado a partir de que incurra en mora, no se hubiera logrado su cobro
- Informe de dichos créditos a las sociedades de información crediticia

- Tratándose de créditos cuya suerte principal al día de su vencimiento sea mayor a treinta mil unidades de inversión cuando el acreedor haya demandado ante la autoridad judicial el pago del crédito o se haya iniciado elprocedimiento arbitral convenido para su cobro
-


PERDIDAS POR CREDITOS INCOBRABLES

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
ARTICULO 31 FRACCION XVI. En el caso de pérdidas por créditos incobrables, éstas se
consideren realizadas en el mes en el que se consuma el plazo de
prescripción, que corresponda, o antes si fuera notoria la imposibilidad
práctica de cobro.

NOTORIA IMPOSIBILIDADPRACTICA DE COBRO
Para los efectos de este artículo, se considera que existe notoria
imposibilidad práctica de cobro, entre otros, en los siguientes casos:

a) Tratándose de créditos cuya suerte principal al día de su vencimiento
no exceda de treinta mil unidades de inversión, cuando en el
plazo de un año contado a partir de que incurra en mora, no se hubiera
logrado su cobro. En este caso, seconsiderarán incobrables en el mes
en que se cumpla un año de haber incurrido en mora.

Cuando se tengan dos o más créditos con una misma persona
física o moral de los señalados en el párrafo anterior, se deberá sumar
la totalidad de los créditos otorgados para determinar si éstos no exceden
del monto a que se refiere dicho párrafo.

Lo dispuesto en el inciso a) de esta fracción seráaplicable tratándose
de créditos contratados con el público en general, cuya suerte
principal al día de su vencimiento se encuentre entre cinco mil
pesos y treinta mil unidades de inversión, siempre que el contribuyente
de acuerdo con las reglas de carácter general que al respecto emita
el Servicio de Administración Tributaria informe de dichos créditos a
las sociedades de información crediticiaque obtengan autorización
de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de conformidad con la
Ley de Sociedades de Información Crediticia.

Así mismo, será aplicable lo dispuesto en el inciso a) de esta fracción,
cuando el deudor del crédito de que se trate sea contribuyente
que realiza actividades empresariales y el acreedor informe por escrito
al deudor de que se trate, que efectuará ladeducción del crédito incobrable,
a fin de que el deudor acumule el ingreso derivado de la deuda
no cubierta en los términos de esta Ley. Los contribuyentes que apliquen
lo dispuesto en este párrafo, deberán informar a más tardar el 15
de febrero de cada año de los créditos incobrables que dedujeron en los
términos de este párrafo en el año calendario inmediato anterior.

b) Tratándose decréditos cuya suerte principal al día de su vencimiento
sea mayor a treinta mil unidades de inversión cuando el
acreedor haya demandado ante la autoridad judicial el pago del crédito
o se haya iniciado el procedimiento arbitral convenido para su cobro
y además se cumpla con lo previsto en el párrafo final del inciso anterior.

c) Se compruebe que el deudor ha sido declarado en quiebra o...
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