Remuneracion
Abogados explican que la ley, cuando se publique, no tendrá efecto retroactivo
Sábado 13 de agosto de 2011 - 08:44 am 20comentarios
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(El Comercio)
EL COMERCIO
En la práctica, en agosto, los trabajadores del sector privado a quienes corresponde el sueldo mínimo vital no recibirán S/.675 por todo el mes,porque hasta el cierre de esta edición, la norma legal que oficialice el anuncio presidencial del aumento de S/.75 no ha sido publicada.
En el Perú, aclara Jorge Toyama, socio de Miranda & AmadoAbogados, las leyes no pueden tener un efecto retroactivo, por lo tanto, los pagos semanales y quincenales correspondientes a estas dos primeras semanas de agosto se deben realizar conforme al mínimo vitalvigente hasta ahora (S/.600). Al día siguiente de que entre en vigencia la norma prometida por el presidente Ollanta Humala, corresponderá calcular el pago atendiendo el nuevo sueldo (S/.675). Porejemplo, si la norma sale publicada el lunes 15 de agosto, a final del mes el trabajador no recibirá S/.675 sino solo S/.637,50 porque el aumento rigió solo durante la segunda mitad del mes de agosto.Recién en setiembre se pagarán los S/.675 anunciados.
“Es importante que no haya falsas expectativas en los trabajadores porque el presidente ofreció agosto, pero no dijo a partir de qué día, así queel Gobierno tiene hasta final de mes para concretar su promesa”, precisó Víctor Ferro, de Rubio, Leguía, Normand & Asociados.
En efecto, agregó Toyama, en su discurso el presidente dijo: “Lostrabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada tendrán un aumento inmediato de S/.75 a partir de agosto”, por lo tanto no ha incumplido su promesa porque todavía no termina el mes.
Lamedida tampoco es obligatoria, según lo prometido, para el sector público o para quienes tienen un régimen de pago particular, como el servicio doméstico, acotó Jaime Cuzquén Carnero, asociado...
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