Sentencias del Tribunal Supremo
"La cuestión que se suscita ya ha sido abordada en repetidas ocasiones por el TribunalSupremo, que, desde la sentencia del Pleno de esta Sala de 7 de marzo de 2005 (casación 715/1999), viene sosteniendo que el automatismo que en materia de suspensión de sanciones opera en la víaadministrativa, ya en la de gestión ya en la de revisión, no es trasladable a la sede jurisdiccional, en la que el órgano judicial debe resolver sobre la procedencia o no de la suspensión,con o sin garantía, con arreglo a los criterios previstos en los artículos 129 y siguientes de la Ley reguladora de esta jurisdicción . Esto es, ponderando los intereses en conflicto y, ensu caso, condicionando la adopción de la medida cautelar a la prestación de garantías o de caución cuando pudiese causar perjuicios de cualquier naturaleza (artículo 133 de la mencionadaLey). Este criterio constituye hoy una doctrina jurisprudencial bien asentada, de las que son exponentes, entre las más recientes, las sentencias de 14 de diciembre de 2011 (casación 6675/10),15 de diciembre de 2011 (casación 1273/11), 10 de mayo de 2012 (casación 2428/11), 19 de julio de 2012 (casación 5791/11), 10 de diciembre de 2012 (casación 732/12) y 27 de febrero de 2012(casación 5082/11)."
"El criterio del legislador es que las sanciones se suspendan sin prestación de garantía, pues la falta de ingreso de una sanción no implica una perturbación grave delos intereses generales o de terceros, ya que su finalidad no es recaudatoria, operando, de otro lado, el principio de presunción de inocencia del artículo 24.2 de la Constitución Española”
Regístrate para leer el documento completo.