Colorantes en los alimentos
Referencias: Lo que figura en color verde, deberá ser revisado por las delegaciones
Lo que figura en color azul, es una propuesta de inclusión en eldocumento, de la Delegación de Brasil
Revisión de la Res GMC Nº 28/93. (Documento de Trabajo)
REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR SOBRE COLORANTES Y PIGMENTOS EN ENVASES Y EQUIPAMIENTOS PLÁSTICOSDESTINADOS A ESTAR EN CONTACTO CON ALIMENTOS
1. Alcance
El presente Reglamento Técnico se aplicará a los envases y equipamientos plásticos coloreados destinados a estar en contacto con alimentos,así como a los colorantes y pigmentos utilizados para la coloración de los mismos, estableciendo los requisitos que estos deben cumplir así como la metodología analítica de referencia para su control.2. Requisitos sobre aminas aromáticas no sulfonadas en colorantes y pigmentos orgánicos
El contenido de aminas aromáticas primarias no sulfonadas solubles en solución de ácido clorhídrico 1 M,expresado como anilina, no debe exceder 500 ppm (mg/kg) en masa del pigmento o colorante (0.05% m/m).
Metodologías de referencia:
Norma DIN 55 610 (1986) Determination of Unsulfonated primaryaromatic amines.
ETAD Analytical Method 212 “Determination of unsulfonated primary aromatic amines in pigments and in solvent soluble dyestuffs intended for use in food packaging” (1984).
Elcontenido de bencidina, β-naftilamina y 4-aminobifenilo, solos o combinados, no debe exceder 10 ppm (mg/kg).
3- Requisitos sobre aminas aromáticas sulfonadas en colorantes y pigmentos orgánicosEl contenido total de aminas aromáticas sulfonadas expresado como ácido anilinosulfónico no debe exceder 500 ppm (mg/kg) en masa del pigmento o colorante (0.05% m/m).
Metodología deReferencia:
Resolución AP (89) 1 sobre el uso de colorantes en materiales plásticos destinados a estar en contacto con alimentos, del Consejo de Europa, Comité de Ministros, 1989, sección III, párrafo...
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