Estudiante
LOS
SOCIALES
Carmen Leiva Castañeda
Acuerdo
Empleador
Trabajador
CONTRATO
Prestación personal
Elementos
Remuneración
Subordinación
De la norma citada
De
(artículo 14 del
Reglamento de la Ley de
Fomento del Empleo ),
se desprende claramente
que el legislador admite
los beneficios sociales de
origen convencional o
autónomo, y que actúanconjuntamente con los
típicos (legales).
BENEFICIOS
SOCIALES
FUENTES
CONVENIO
COLECTIVO
CONTRATO DE
TRABAJO
Ejemplos de beneficios sociales convencionales
Ejemplos
pueden ser una asignación por retorno
vacacional, una bonificación por quinquenio,
una participación adicional a la legal en las
utilidades, un bono por cumplimiento de metas,
una asignación por cónyuge, una asignaciónescolar, etc.
Beneficios Sociales
económicos
Compensación
por tiempo de
servicios (TUO
D. Leg. 650. D.S
01.97-TR
Gratificaciones
Legales
Descanso anual
(Vacaciones)
Ley 27735
D. Leg. 713
I
LA COMPENSACIÓN
LA
POR TIEMPO DE
SERVICIOS (CTS)
CTS: NATURALEZA
CTS:
La legislación define este derecho como un
La
beneficio social de previsión de las contingenciasque origina el cese en el trabajo y de promoción
del trabajador y de su familia.
CTS: Trabajadores
CTS:
comprendidos
Los trabajadores sujetos al régimen común de la
Los
actividad privada
Que cumplan, cuando menos en promedio, una
Que
jornada mínima de 4 horas
Trabajadores de régimen laboral común de la
Trabajadores
actividad privada, con régimen especial de
remuneración.Trabajadores excluidos de CTS
Trabajadores
Los que perciben el 30% o más del importe de
Los
las tarifas que paga el público por los servicios.
Los trabajadores sujetos a regímenes especiales
Los
de compensación por tiempo de servicios
(construcción civil, artistas, trabajadores del
hogar ….)
EL TIEMPO DE SERVICIOS
EL
COMPUTABLE
Ell beneficio se devenga una vez alcanzado el
E
primermes completo de servicios, cumplido este
requisito toda fracción se computa por
treintavos.
Ell tiempo de servicios prestados en el Perú, o
E
en el extranjero si es que el trabajador ha sido
contratado en el Perú.
Días computables
Los días efectivos.
Los
La inasistencia injustificadas y días no computables se deducen
La
Excepcionalmente se consideran días computables: LasExcepcionalmente
inasistencias por accidente de trabajo, enfermedad profesional,
enfermedad comprobada: hasta 60 días (entre 01.11-31.10), días
de descanso pre y post natal, suspensión de la relación laboral
con pago de remuneración, días de huelga no declaradas ilegal,
días que devenguen remuneraciones devengadas en
procedimiento de nulidad de despido.
CTS: Oportunidad de los
CTS:
depósitos.Depositario. Moneda
Se deposita dentro de los 15 días naturales del
Se
mes de mayo:
NOVIEMBRE- ABRIL
NOVIEMBRE
Se deposita dentro de los 15 días naturales del
Se
mes de en noviembre: MAYO – OCTUBRE
MAYO
¿Depositario? La institución permitida
legalmente
Moneda: Moneda nacional o extranjera.
Remuneración computable
Remuneraci
REMUNERACIÓN
BÁSICA
Remuneración
Computable
TODACANTIDAD
REGULAR DE
LIBRE
DISPOSICÓN
COMPLEMENTO O SUPLEMENTO
REMUNERATIVO
BONIFICACION
ES
GRATIFICACIONES
Conceptos no computables
Conceptos
Los conceptos contemplados en los artículos 19, 20 del
Los
TUO del Decreto Legislativo Nro. 650 para ningún
efecto legal no son considerados remuneraciones
no
(Condiciones de trabajo, transporte o movilidad.
gratificaciónextraordinaria. participación en utilidades,
asignaciones personales por festividades ….)
Ell incremento del 10.23% que percibe el trabajador que
E
se afilió al Sistema Privado de Pensiones con
anterioridad al 19 de julio de 1995
Remuneración Computable
Remuneraci
Constituye remuneración computable: la
Constituye
remuneración básica y todas las cantidades que
regularmente perciba el...
Regístrate para leer el documento completo.