Aguinaldo
Es un derecho irrenunciable. No hay limitante por tipo de trabajadores, incluso los de confianza lo deben de recibir. La base para el cálculo es el último salario diario percibido. Si elsalario es variable, se debe tomar el promedio de las percepciones del último año, en el caso de tener menos, el promedio será por el tiempo laborado.
El aguinaldo deberá ser pagado en efectivo y enmoneda de curso legal. El aguinaldo es inembargable, excepto en los casos de pensiones alimenticias. El monto mínimo son 15 días, no hay limitante para el número de días a pagar. El pago delaguinaldo no puede ser adelantado.
Se entiende que el pago se debe haber realizado a más tardar el 19 de diciembre. Faltas que afectan el pago del aguinaldo
Incapacidad por enfermedad general Permisosin goce de sueldo Faltas no justificadas Faltas justificadas pero sin goce de salario Privación de la libertad
Faltas que NO afectan el pago del aguinaldo
Incapacidad por riesgo de trabajoIncapacidad por maternidad Permiso con goce de sueldo
El derecho al aguinaldo prescribe en un año a partir del 20 de diciembre. Se debe realizar una nómina independiente por el pago del aguinaldo.Artículo 992.(LFT)
«Las violaciones a las normas de trabajo cometidas por los patrones o por los trabajadores, se sancionarán de conformidad con las disposiciones de este Título, independientementede la responsabilidad que les corresponda por el incumplimiento de sus obligaciones. La cuantificación de las sanciones pecuniarias que en el presente Título se establecen, se hará tomando como basede cálculo la cuota diaria de salario mínimo general vigente, en el lugar y tiempo en que se cometa la violación.»
Artículo 1002.(LFT)
«De conformidad con lo que establece el artículo 992, por...
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