La Teoria De Enrique Ferri
CONTROL PREVIO EN LA FUSION DE SOCIEDADES (PERU)
Existen distintas posiciones en el tratamiento a las concentraciones económicas. Algunas consideran que éstas no se sancionan sino el abuso porque perjudica a los usuarios o consumidores. El autor analiza la fusión como una de las formas jurídicas que permite la concentración económica y su regulación.
1.- INTRODUCCION.-
El tratamiento jurídico a las concentraciones económicas de empresas o negocios constituirán siempre motivo de discusión y polémica; algunos señalarán que la aparición de estos fenómenos económicos resulta positiva para el mercado en la medida que permite una mayor y mejor eficiencia en la producción de mercaderías o en la prestación de determinados servicios, resultando por ello beneficiado el usuario o consumidor; se afirma que la regulación normativa en dicha área por parte del Estado debe ser mínima, pues corresponde dejar a los agentes económicos desarrollen su actividad en el mercado de modo libre; cualquier intento de control ;se indica-, sería perjudicial para el desarrollo económico del país.
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No obstante, otros son de opinión distinta y apartándose de tal argumento, señalarán que las concentraciones económicas conllevan al monopolio y que quienes terminan siendo perjudicados son precisamente los usuarios o
consumidores finales, en razón de que al eliminarse la competencia los precios finales se elevan y la calidad del producto no constituye mas un atractivo para la adquisición del producto; en este caso el consumidor no tendrá otra opción que la de adquirir el producto, obligado por la ausencia de competencia.
excesiva concentración del poder económico afecta sin duda la democracia; agrega el citado economista, que si bien en el Perú existe una legislación que busca limitarla, ésta no incluye normas que impidan que las empresas se fusionen hasta formar monopolios privados.
La concentración económica, como refiere Hundskopf Exebio, surge como una natural consecuencia de la...
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