Reforma a la ley organica del trabajo go
AÑO CXXXVIII- MES VII SUMARIO
Caracas, viernes 6 de mayo de 2011 N° 6.024 Extraordinario
Articulo 3°. De conformidad con lo previsto en el artículo 5°
de la Ley de Publicaciones Oficiales, Imprimase a continuación
~
Presidencia de la República Decreto N° 8.202, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica deReforma Parcial de la Ley Orgánica del Trabajo.
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Decreto N° 8.202
en un solo texto la Ley Orgánica del Trabajo, publicada en la
Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 5.152, Extraordinario de fecha 19 de junio de 1.997, corrfjase donde sea necesario la nomenclatura del articulado correspondiente, corríjase e incorpórese donde sea necesario el lenguaje degénero, y sustitúyanse las; firmas, fechas y demás datos de sanción y promulgación. Dado en Caracas, a los cinco dfas del mes de mayo de dos mil once. Años 201 o de la Independencia, 152° de la Federación y 120 de la Revolución Bolivariana. Cúmpl;:¡se, (L.S.)
OS de mayo de 2011
HUGO CHAVEZ FRIAS
Presidente de la República
UUGO CHAVEZ FRIAS
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr lamayor eficacia política y calidad revolucionar-ia en la construcción del socialismo, la refundación de la nación venezolana, basado en los principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso de la patria y del colectivo, por mandato del pueblo y en ejercicio de las atribuciones que me confieren el numeral 8 del artículo 236 de la Constitución de la RepúblicaBolivariana de Venezuela, y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 9, del artículo 1° de li Ley que Autoriza al l?residentli! de la República para dictar Decretos con Rango, Valor y fuerza de Ltay en las Materias que se Delegan, en Consejo de Ministros.
g(trrendtJdo ¡;¡ Viccpr~Ssi(.lcnte Ejcculivo (L.S.)
~LIAS
JAUA f>llLA.NO
B.efrcnclado El 1--llnl:.lro del Poder Popular del Despachode lil Presluencla (L. S.)
FRANCISCO JOSIZ AMELIACI f ORTA
~cftfmdado
El Minl¡¡tro del Poder Popular p¡¡ra Relaciones Interiore~ y Justicl¡¡ (L.S.) R¡¡frcndéldo ¡¡¡ Ministro del Poder Popular paról Rol01clones Exteriores (L.S.)
TARECK EL AISSAMI
DICTA
El siguiente,
DECRITO C:ON RANGO, VALOR Y FUERlA DE LEY ORGANICA OE REfORMA PARCIAL DE LA LEY ORGANICA DEL TRAllAlO
Artfculo 1•. Seelimina el Capítulo III, del Título V, intitulado "Del Trabajo de los Conserjes", contentivo de los artículos: 282, 283, 284, 285, 286, 287, 288, 289 y 290.
NICOLAS MADURO MOROS
Refrendado [1 Ministro del Poder Populilr d~ Planltlcaclón y Finanzas (L. S.)
JORGE
GlORDA~JI
Refrend¡¡do fl Ministro dol Poder Po¡)ular par~:~ lo Oeffln:oa
0 Articulo % • Se incorpora una DisposiciónFinal cuyo ttilnor es el 5iguiente:
(L. S.)
Rcfrentlado La Mini¡tra d¡¡l Poder Popular l)ar¡¡ el Comvfcio (L.S.)
CARLOG JOSE MATA FIGUEil.OA
ún/Q, Los traba}adorBS resid~ciales, anteriormente denomir.adcs ''CCh'l$etjes", se regirán por la Ley Orgánica del Trab8jo en cUJJnto les seCJ aplicable, en razón dt1 M compatibilidad de sus normas con liJ índole de las servicios que prest3n. Per-o seaplicará
EDMEE llETANCOURT DE GARCIA
can preferenc~ a dic/14 categoría de trabiJjadores /;~s romas de Id Ley Especial que se dicte a tiJies efectos.
Reftendóldo t:l Ministro del Poder Popular para l¡¡s Industriali Boísicas y Minc1ia (L.S.)
JOSE SALAJI.1AT KHAN FERNANDEZ
2
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICABOLIVARI ANA DE VENEZUELA
Refrendado El Ministro dei Poder Popular para elTurismo (L.S.) ALEJANDRO ANTONIO FLEMING CABRERA Refrendado El Ministro del Poder Popular para id Agricultura y Tierras (US.) Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Educación Universitaria (L.S.) Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Deporte (L-S.) Refrendado La Ministra del Poder Copular pare los Pueblos Indígenas (L.S.) Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Mujer...
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