Impuesto sociedades

Páginas: 15 (3684 palabras) Publicado: 12 de diciembre de 2011
contabilizar el impuesto, normalmente van a intervenir las siguientes cuentas:
630, «Impuesto sobre beneficios», que expresa el impuesto devengado en el ejercicio.
473, «Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta», por las cantidades que le han retenido al sujeto pasivo y los importes que haya adelantado a cuenta del impuesto.
4752, «Hacienda Pública, acreedor por Impuesto sobreSociedades», que representa la cuota diferencial.
Así, en el caso más simple, se registrará el siguiente asiento:
Concepto Debe Haber
Impuesto sobre beneficios (630) Impuesto devengado
Hacienda Pública, acreedor por Impuesto sobre Sociedades (4752) Cuota diferencial
Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta (473) Retenciones y pagos a cuenta
En el ejercicio siguiente, «en el plazo de los25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del período impositivo» se presentará la declaración (art. 142 de la LIS), pagando a Hacienda.
Concepto Debe Haber
Hacienda Pública, acreedor por Impuesto sobre Sociedades (4752)
Tesorería (57)
EJEMPLO 2
En el ejercicio X0, «EL OLIVA, SA» ha obtenido un beneficio antes de impuestos de 100.000 u.m. Al determinarlo,consideró una sanción (no deducible) de 10.000 u.m.
El tipo de gravamen del Impuesto sobre Sociedades es del 35 por 100. La sociedad tiene derecho a deducirse 9.000 u.m. de la cuota y ha realizado pagos a cuenta por importe de 12.000 u.m. A la vista de la información anterior.
Se pide:
El registro contable del Impuesto sobre Sociedades de «EL OLIVA, SA».
Cálculo del gasto devengadoDeterminación de la cuota líquida
Resultados antes de impuestos
+ Diferencia permanente
= Resultado contable ajustado
Impuesto bruto (35% x 110.000)
- Deducciones
= Impuesto devengado
100.000
10.000
110.000
38.500
9.000
29.500
BAI
+ Diferencia permanente (sanción)
= Base imponible
Cuota íntegra (35% x 110)
- Deducciones
= Cuota líquida
- Pagos a cuenta
= Cuotadiferencial 100.000
10.000
110.000
38.500
9.000
29.500
12.000
17.500
La sanción se considera una diferencia permanente positiva, al haberse contabilizado como un gasto y no ser fiscalmente deducible.
Diferencia = Gasto contable – Gasto fiscalmente deducible = 10.000 – 0 = 10.000 u.m.
El asiento que deberá registrar «EL OLIVA, SA» será:
Concepto Debe Haber Impuesto sobrebeneficios (630) 29.500 Hacienda Pública, acreedor por Impuesto sobre Sociedades (4752) 17.500 Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta (473) 12.000
En algunas ocasiones, al cierre del ejercicio, no ha sido posible determinar el importe exacto del gasto devengado. En esos casos, debería dotarse una provisión para impuestos por la cuantía estimada:
Concepto Debe Haber Impuesto sobre beneficios(630) Provisión para impuestos (141)
En el momento en el que se conozca el importe del gasto, se cargará la diferencia en la propia cuenta 630 y se dará de baja la provisión, con abono a la cuenta 4752, «Hacienda Pública, acreedor por Impuesto sobre Sociedades». Si la provisión fuese excesiva, se cargará el exceso con abono a la cuenta de ingresos 790, «Exceso de provisión para riesgos y gastos».4.1. Diferencias temporales positivas Si, inicialmente, se produce una diferencia temporal positiva, su repercusión –dejando al margen las restantes diferencias temporales y la compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores– será la que sigue:
Gasto devengado < Cuota líquida
Como la cuota líquida es mayor que el gasto devengado, nace un crédito frente a Hacienda porla parte del impuesto que se paga en un ejercicio anterior al de su devengo. El PGC para representar este crédito utiliza una cuenta de activo, la 4740, «Impuesto sobre beneficios anticipado», cuyo significado es análogo al de la cuenta 480, «Gastos anticipados».
En ese ejercicio, el registro contable del impuesto será:
Concepto Debe Haber Impuesto sobre beneficios (630) Gasto devengado...
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