Nulidad originada en el desconocimiento del principio de concentración en el sistema penal acusatorio.

Páginas: 31 (7747 palabras) Publicado: 26 de enero de 2011
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL

MAGISTRADO PONENTE
AUGUSTO J. IBÁÑEZ GUZMÁN
APROBADO ACTA Nº 411

Bogotá, D.C., nueve (9) de diciembre de dos mil diez (2010).

MOTIVO DE LA DECISIÓN

Resolver de fondo sobre el recurso de casación presentado por el defensor público de Mónica Johana Cuervo Solis contra la sentencia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bugaque, tras confirmar la dictada por el Juzgado 1º Penal del Circuito Especializado de la misma ciudad, la condenó por el delito de secuestro extorsivo agravado.

HECHOS Y ACTUACIÓN PROCESAL

1. Al medio día del 30 de marzo de 2007 el menor D.A.E. de 8 años de edad para la época, salió de estudiar de la escuela “Alejandro Durán”, localizada en la ciudad de Palmira (Valle), pero no llegó a su casa.Al percatarse de su ausencia, Beatriz Elena Salazar Liz (madre) inició su búsqueda, preguntó a varias personas por su paradero y pasó por la residencia de Mónica Johana Cuervo Solis -hermana de Lina María Pantoja Solis con quien el padre del niño sostuvo una relación amorosa-, pero ella negó haberlo visto. En horas de la tarde de ese día Beatriz Elena recibió una llamada telefónica en la que unavoz masculina le exigió $80.000.000 a cambio de liberar al menor, y le advirtió que de avisar a las autoridades lo enviarían en “pedazos”. El 2 de abril siguiente fue contactada nuevamente vía telefónica para indagarle por el dinero solicitado pero ante la manifestación de haber conseguido solo un millón de pesos cortaron la llamada. Ese mismo día la policía halló un cadáver en descomposición, queresultó ser el niño.

En proceso separado Lina María Pantoja Solis aceptó cargos por el homicidio del menor.

2. En audiencia del 20 de abril de 2007 el Juzgado 3° Penal Municipal con funciones de control de garantías de Palmira legalizó la captura de Mónica Johana Cuervo Solis. En el mismo acto la Fiscalía 15 delegada ante el Gaula de Cali le formuló imputación por los punibles de homicidioagravado y secuestro extorsivo agravado, y solicitó la imposición de medida de aseguramiento de detención preventiva, que fue decretada .

El 25 de mayo de 2007 la fiscalía presentó en su contra escrito de acusación por la comisión del delito de secuestro extorsivo, en calidad de coautora, tipificado en el artículo 169 del Código Penal, agravado por los numerales 1, 6 y 10 del 170 ibidem . El 13de junio del mismo año el Juzgado 1º Penal del Circuito Especializado de Buga inició la audiencia correspondiente , que finalizó el 21 de agosto siguiente .

La audiencia preparatoria tuvo lugar el 26 de septiembre de 2007 y allí se señaló el 17 de octubre de ese año para iniciar el juicio. La audiencia pública no se llevó a cabo el día fijado porque del centro de reclusión no trasladaron ala acusada , lo mismo ocurrió el 25 de octubre siguiente .

El 9 de noviembre de 2007 se dio inicio al juicio, momento en el que la fiscalía advirtió que acusaba a Mónica Johana no en calidad de coautora sino de cómplice. El debate público finalizó el 27 de julio de 2009, cuando se anunció el sentido condenatorio del fallo y la representante de la víctima expresó su deseo de no adelantarincidente de reparación integral dentro del proceso penal .

El 7 de septiembre de esa anualidad el Juez 1º Penal del Circuito Especializado de Buga dio lectura a la sentencia, en la que halló penalmente responsable a la acusada del delito de secuestro extorsivo agravado, en calidad de cómplice, conforme a los artículos 169 y 170 -numerales 1 y 6- del Código Penal. En consecuencia, la condenó a 197meses de prisión, multa de 3.229 salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilidad de derechos y funciones públicas por término igual; le negó los subrogados y sustitutos penales y libró en su contra orden de captura .

La defensa recurrió en apelación y el Tribunal Superior de Buga, en providencia del 15 de diciembre de 2009, confirmó la decisión .

LA DEMANDA

El defensor público de...
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